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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>PARACUELLOS DE JARAMA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/08/19</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Paracuellos de Jarama. Otros anuncios. Baja por caducidad en el padrón municipal</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>198</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PARACUELLOS DE JARAMA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PARACUELLOS DE JARAMA 
 OTROS ANUNCIOS
 
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 Baja por caducidad en el padrón municipal 
  Habiéndose intentado practicar, sin resultado positivo, la notificación individual en la forma prevista en el artículo 59.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se hace público, según prevé el apartado 4 de dicho precepto y con sujeción a las prescripciones del artículo 61 de dicha Ley, lo siguiente:
  En uso de las facultades conferidas a esta Alcaldía por la normativa vigente, resuelvo: Proceder a dar de baja por caducidad en el padrón municipal de habitantes a las personas que a continuación se relacionan, dando por finalizados los expedientes tramitados al efecto, al no haber procedido a la renovación de la inscripción padronal a tenor de lo establecido en la modificación del artículo 16 de la Ley 7/1985.
  .	Carlos Andrés Sierra Rodríguez.
  .	Santiago Waldo Alonso.
  .	Naziha Khaiari.
  .	Mohamed Belhaj.
  .	Abdelkhalek Belhaj.
  .	Karima Belhaj.
  .	Ekaterina Bystrova.
  .	Majid Ouriach.
  .	Katherine Samanta Velarde Molina.
  .	Víctor Patricio Vallejo Urquizo.
  .	Omar Orlando Izquierdo Mesa.
  .	Juan Castro Martín.
  .	Yaneth Lizeth Zaragoza Guerrero.
  .	Hassanek Kabbaj.
  .	Carlos Alberto Álvarez Álvarez.
  .	Adriana Sánchez Tenorio.
  Lo que se comunica a los efectos oportunos, significando que contra el presente acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación de la presente o, en su caso, recurso contencioso-administrativo, ante la jurisdicción competente, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a aquel en que se notifique la resolución expresa del recurso potestativo de reposición o en que deba entenderse presuntamente desestimado, o la publicación de la presente.
  Paracuellos de Jarama, a 29 de julio de 2010..El alcalde, Pedro Antonio Mesa.
  (02/8.155/10)</texto>
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