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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/08/09</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 81. Procedimiento ordinario 1.751 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>189</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 81</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 81 
 EDICTO
 
 150 
 Procedimiento ordinario 1.751 de 2008 
  En los autos de procedimiento ordinario número 1.751 de 2008, sobre otras materias, seguidos en este Juzgado a instancias de “Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija”, se ha solicitado sentencia de fecha 12 de julio de 2010, cuyo encabezamiento y fallo es el siguiente:
  Sentencia
  En Madrid, a 12 de julio de 2010..Vistos por el ilustrísimo señor don Carlos Ceballos Norte, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 81 de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos con el número 1.751 de 2008, a instancias de “Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija”, representada por el procurador señor Barnes, contra don Óscar Galindo Algarrada, en situación procesal de rebeldía.
  Fallo
  Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación, acuerdo estimar íntegramente la demanda promovida por “Mutua Madrileña Automovilista, Sociedad de Seguros a Prima Fija”, contra don Óscar Galindo Algarrada, y en consecuencia, condeno a don Óscar Galindo Algarrada a que abone a la actora al suma de 14.335,78 euros, más el interés legal del dinero desde la fecha de la presentación de la demanda, que se incrementará en dos puntos desde la fecha de la presente resolución, con expresa imposición de costas a la parte demandada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes en legal forma, con la indicación de que la misma no es firme, y que contra la cual cabe recurso de apelación a preparar en el plazo de cinco días desde la notificación, ante este Juzgado.
  Líbrese y únase testimonio de la presente resolución a las actuaciones con inclusión de la original en el libro de sentencias.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Publicación
  Leída y publicada fue la anterior sentencia por el ilustrísimo señor magistrado-juez de lo social que la suscribe, estando celebrando audiencia pública en el día de su fecha..Doy fe.
  Y para que sirva de notificación al demandado don Óscar Galindo Algarrada, cuyo domicilio actual se desconoce, se expide la presente en Madrid, a 12 de julio de 2010..El secretario (firmado).
  (02/7.773/10)</texto>
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