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    <fecha_publicacion>2010/08/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 557 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>185</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 120 
 Demanda 557 de 2009 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 557 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Olaia González Rodríguez, don Pedro José Sánchez Jiménez y don Eduardo Tirado Díaz, contra don Antonio Norberto Martínez Manso, “Urazca Construcciones, Sociedad Anónima”, “Urazca Promociones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, “Urazca, Sociedad Anónima”, “Urazca Estacionamientos, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Attest Servicios Empresariales, Sociedad Limitada”, y “Escobosa y Asociados Auditores Consultores, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Diligencia..En Madrid, a 3 de marzo de 2010.
  La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que el día señalado para los actos de conciliación y/o juicio no comparecen, no obstante estar citados en legar forma, según consta en autos, los demandantes ni los demandados don Antonio Norberto Manso Martínez, “Escobosa y Asociados Auditores Consultores, Sociedad Limitada”, y “Attest Servicios Empresariales, Sociedad Limitada”, pero sí el letrado don Roberto Alonso Martín, con número de colegiado 78.388, en representación letrada de las empresas “Urazca Construcciones, Sociedad Anónima”, “Urazca Promociones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, “Urazca, Sociedad Anónima”, y “Urazca Estacionamientos, Sociedad Anónima Unipersonal”, que no interesa la continuación del procedimiento..Doy fe.
  Auto
  En Madrid, a 3 de marzo de 2010.
  Dispongo: Se tiene por desistidos a doña Olaia González Rodríguez, don Pedro José Sánchez Jiménez y don Eduardo Tirado Díaz de su demanda, procediendo al cierre y archivo de las presentes actuaciones, previa notificación de la presente resolución a las partes y una vez firme esta.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de recibirla.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Urazca Promociones Inmobiliarias, Sociedad Limitada”, “Urazca, Sociedad Anónima”, “Urazca Estacionamientos, Sociedad Anónima Unipersonal”, “Attest Servicios Empresariales, Sociedad Limitada”, y “Escobosa y Asociados Auditores Consultores, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 7 de julio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.172/10)</texto>
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