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    <fecha_publicacion>2010/08/04</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 11. Demanda 770 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>185</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 118 
 Demanda 770 de 2009 
  Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 770 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mourad Benhadi, contra “Pedro García de la Fuente Empresa Constructora, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 337 de 2010
  En Madrid, a 25 de junio de 2010..Don Segismundo Crespo Valera, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 11 del Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Mourad Benhaddi, que comparece defendido por la letrada Geraldina González, y de otra, como demandados, “Pedro García de la Fuente Empresa Constructora, Sociedad Limitada”, que no comparece, y Fondo de Garantía Salarial, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que estimando la demanda interpuesta por don Mourad Benhadi, contra “Pedro García de la Fuente Empresa Constructora, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a que abone al actor la cantidad de 1.419,61 euros, más 10 por 100 de interés por mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Pedro García de la Fuente Empresa Constructora, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 25 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/29.171/10)</texto>
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