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    <fecha_publicacion>2010/07/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Valencia número 13. Despidos 1.302 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>173</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 13</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE VALENCIA NÚMERO 13 
 EDICTO
 
 306 
 Despidos 1.302 de 2009 
  Don José Ramón Santamaría Blasco, secretario judicial del Juzgado de lo social número 13 de Valencia.
  Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos número 1.302 de 2009, a instancias de don José Manuel Montesinos Giner, contra “Transportes Guadalaviar, Sociedad Anónima”, y otros, en el que se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Providencia
  Magistrada-juez de lo social, doña Begoña Puertos García..En Valencia, a 15 de junio de 2010.
  Dada cuenta; habiéndose ratificado el acto de conciliación de fecha 27 de enero de 2010 por los administradores concursales don Luis José Fernández Arimany y don Ignacio Zornoza Pérez, mediante escrito de fecha 29 de marzo de 2010, y aportadas las credenciales en fecha 11 de junio de 2010, se aprueba la conciliación de fecha 27 de enero de 2010, con la modificación del error mecanográfico de fecha 4 de febrero de 2010, en cuanto a los efectos del despido que son de fecha 23 de julio de 2009. Dándole fuerza ejecutiva y procediendo al archivo de las presentes actuaciones sin más trámite, dejando sin efecto el señalamiento efectuado “ad cautelam” para el día 16 de junio de 2010, a las nueve y treinta horas.
  Notifíquese la presente resolución en legal forma, haciendo saber que contra la misma cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de cinco días, ante este Juzgado y con los requisitos establecidos en el artículo 452 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial 1/2009, que establece que el recurrente que no gozare del beneficio de justicia gratuita deberá hacer entrega en la Secretaría del Juzgado del resguardo acreditativo de ingreso de 25 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado de “Banesto” número 4479/0000/30/número del expediente y año del expediente. El incumplimiento de cualquiera de los requisitos expresados conllevará su inadmisión.
  Lo manda y firma su señoría..Doy fe.
  Y para que conste y sirva de notificación a “Transportes Guadalaviar, Sociedad Anónima”, “Contenemar Valencia, Sociedad Anónima”, “Talleres Porto Pi, Sociedad Limitada”, “Terminales del Turia, Sociedad Anónima”, y los administradores concursales don Ignacio Zornoza Pérez, don Luis Fernández Arimany, don Armando Betancor Álamo y don Julián José Barrios Sánchez, que se encuentran en ignorado paradero, así como para su inserción en el tablón de anuncios y publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en Valencia, a 15 de junio de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/27.040/10)</texto>
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