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    <titulo>Madrid número 6. Ejecución 261 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>173</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 234 
 Ejecución 261 de 2009 
  Doña Eva San Pablo Moreno, secretario judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 261 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Pedro José Simón Reyes y don David Andrino Andrés, contra la empresa “Excavaciones y Canalizaciones Sandra e Hijos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto de ejecución de fecha 9 de diciembre de 2009 y auto de acumulación de igual fecha, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Parte dispositiva:
  a)  Proceder a la ejecución del título mencionado en los hechos de la presente resolución solicitada por don Pedro José Simón Reyes, contra “Excavaciones y Canalizaciones Sandra e Hijos, Sociedad Limitada”, por un importe de 2.952,08 euros de principal, más 177,12 euros y 295,20 euros para costas e intereses que se fijan provisionalmente.
  b)  Trabar embargo sobre los bienes de la demandada que a continuación se detallan:
  Camión portavehículos marca “Renault”, modelo Midlum 280.18, con número de bastidor VF644AHH00001701, matrícula 7306GDY.
  c)  A tal fin líbrese testimonio de la presente resolución con comunicación al Servicio Común de Notificaciones y Embargos de los Juzgados de Madrid al efecto de que por la comisión judicial se proceda al embargo de los bienes en cuantía suficiente para cubrir las cantidades por las que se despacha ejecución, y a quienes servirá el presente de mandamiento en forma, pudiendo solicitar, si preciso fuere, el auxilio de la fuerza pública, así como hacer uso de los medios personales y materiales necesarios para poder acceder a los lugares en que se encuentren los bienes cuya traba se pretende.
  Y para el caso de que no se tuviese conocimiento de la existencia de los bienes suficientes, diríjanse oficios a los pertinentes organismos y registros públicos con el fin de que faciliten relación de todos los bienes y derechos de la deudora de que tengan constancia y se comunique a este Juzgado si por parte de la Hacienda Pública se adeuda alguna cantidad a la ejecutada por el concepto de devolución por el impuesto sobre la renta de las personas físicas, impuesto sobre el valor añadido o cualquier otro. En caso positivo se acuerda el embargo de las cantidades pendientes de devolución por la Hacienda Pública a la ejecutada hasta cubrir la cantidad objeto de apremio, interesando la remisión de las mismas a la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta por este Juzgado en “Banesto” con número 2504, sito en la calle Orense, número 19.
  Notifíquese la presente resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículo 556 y 559 del mismo texto legal.)
  Así por este auto, lo pronuncio, mando y firmo..La magistrada-juez de lo social, Elena Bornaechea Morlans.
  Parte dispositiva:
  Acumular a la presente ejecución la que se sigue en los autos número 1.548 de 2008, ejecución número 262 de 2009 de este Juzgado, frente al común deudor excavaciones y canalizaciones Sandra e Hijos, Sociedad Limitada”.
  Notifíquese esta resolución a todas las partes de dichos autos.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184-1 de la Ley de Procedimiento Laboral)..La secretaria judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social, Elena Bornaechea Morlans.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Excavaciones y Canalizaciones Sandra e Hijos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/27.024/10)</texto>
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