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    <fecha_publicacion>2010/07/21</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 35. Juicio de faltas 1.038 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>173</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE INSTRUCCIÓN DE MADRID NÚMERO 35 
 EDICTO
 
 190 
 Juicio de faltas 1.038 de 2009 
  Doña Amalia J. Jiménez Redondo, secretaria del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 1.038 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Sentencia número 157 de 2010
  En Madrid, a 22 de abril de 2010..Vistos por mí, doña Ana María Soteras Escartín, magistrada-juez del Juzgado de instrucción número 35 de Madrid, los presentes autos de juicio de faltas número 1.038 de 2009, en los que ha sido parte el señor fiscal, y como denunciante, doña Ana Teresa Gómez Alejandres, y como denunciada, doña Ana María Muñoz Larrondo, en virtud de las facultades que me han sido dadas por la Constitución y en nombre de Su Majestad el Rey dicto la siguiente sentencia.
  Fallo
  Que debo absolver y absuelvo a doña Ana María Muñoz Larrondo de los hechos aquí enjuiciados. Se declaran de oficio las costas procesales.
  La presente resolución no es firme y contra la misma cabe interponer recurso de apelación, en ambos efectos, en este Juzgado para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días desde su noticación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a doña Ana Teresa Gómez Alejandres, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Madrid, a 24 de junio de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/27.008/10)</texto>
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