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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>COLMENAR DE OREJA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Colmenar de Oreja. Organización y funcionamiento. Juez de paz nueva convocatoria</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>168</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Colmenar de Oreja</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE COLMENAR DE OREJA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 82 
 Juez de paz nueva convocatoria 
  Doña Pilar Algovia Aparicio, alcaldesa del Ayuntamiento de la Ciudad de Colmenar de Oreja.
  Hago saber: Que corresponde al Pleno del Ayuntamiento elegir la persona para ser nombrada juez de paz, titular de este municipio, de conformidad a lo que disponen los artículos 101 y 102 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y artículos 4 y 5.1 del Reglamento 3/1995, de 7 de junio, de los jueces de paz, y advertido el error en la convocatoria efectuada con fecha 4 de junio de 2010, se procede a efectuar una nueva convocatoria.
  Por ello se abre un nuevo plazo de quince días hábiles, a partir de la publicación de este bando en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que las personas que estén interesadas y reúnan las condiciones legales lo soliciten por escrito dirigido a esta Alcaldía.
  Las personas interesadas deberán aportar, junto con su solicitud, certificado negativo de antecedentes penales y declaración jurada de que no concurre en los mismos ninguna causa de incompatibilidad para el desempeño del cargo de juez de paz titular.
  Que en la Secretaría del Ayuntamiento puede ser examinado el expediente y recabatr la información que se precise en cuanto a los requisitos, duración del cargo, remuneración, etcétera.
  Lo que se publica para general conocimiento.
  En Colmenar de Oreja, a 23 de junio de 2010..La alcaldesa, María Pilar Algovia Aparicio.
  (03/27.255/10)</texto>
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