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    <identificador>BOCM-20100715-105</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>SAN MARTÍN DE LA VEGA</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/15</fecha_publicacion>
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    <titulo>– San Martín de la Vega. Organización y funcionamiento. Autorización Policía Local de atribuciones de la gestión del tráfico</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>168</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>SAN MARTÍN DE LA VEGA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE SAN MARTÍN DE LA VEGA 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 105 
 Autorización Policía Local de atribuciones de la gestión del tráfico 
  De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se ha publicado el decreto de la Alcaldía, de fecha 28 de junio de 2010, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
  “(...)
  Primero..Autorizar a los miembros integrantes del Cuerpo de la Policía Local de San Martín de la Vega las atribuciones de la gestión del tráfico para proceder, si el obligado a ello no lo hiciera, a la retirada del vehículo de la vía y su depósito en el lugar que se designe, conforme al artículo 85.1, sobre retirada y depósito del vehículo, del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.
  Segundo..Comunicar el presente decreto a la Policía Local a los efectos oportunos.
  Tercero..Ordenar la publicación del presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.”
  El presente decreto agota la vía administrativa pero no es firme, por lo que contra el mismo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo, ante el correspondiente Juzgado de lo contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al que reciba esta notificación, si no optare por la interposición del recurso potestativo de reposición, ante la Alcaldía, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio.
  Transcurrido un mes desde la interposición del potestativo recurso de reposición sin que se haya dictado y notificado resolución, se entenderá desestimado y podrá interponerse  a aquel en que deba entenderse presuntamente desestimado.
  San Martín de la Vega, a 28 de junio de 2010..La alcaldesa-presidenta, María del Carmen Guijorro Belinchón.
  (03/27.266/10)</texto>
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