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    <fecha_publicacion>2010/07/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 10. Ejecución 95 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>162</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 10 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 180 
 Ejecución 95 de 2010 
  Doña María Isabel Oteo Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 10 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 95 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Javier Rius Vidaller, contra la empresa “Netsignia Proyectos, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado auto y decreto de fecha 8 de julio de 2010, cuyas partes dispositivas son las siguientes:
  Auto
  Magistrada-juez de lo social, doña María Luisa Segura Rodríguez..En Madrid, a 8 de junio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución a favor de la parte ejecutante don Javier Rius Vidaller frente a “Netsignia Proyectos, Sociedad Limitada”, por un principal de 46.095,19 euros, más otros 2.765,71 euros y 4.600 euros presupuestados para intereses y costas.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte. Doy fe..La secretaria judicial (firmado)..La magistrada-juez de lo social (firmado).
  Decreto
  Secretaria judicial, doña María Isabel Oteo Muñoz..En Madrid, a 8 de junio de 2010.
  Parte dispositiva:
  Acuerdo: Dar audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar decreto de insolvencia provisional en la presente ejecución.
  Notifíquese la presente resolución.
  Modo de impugnación: mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Netsignia Proyectos, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 8 de junio de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/25.475/10)</texto>
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