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    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/08</fecha_publicacion>
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    <titulo>Majadahonda número 5. Juicio de faltas 236 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>162</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE MAJADAHONDA NÚMERO 5 
 EDICTO
 
 156 
 Juicio de faltas 236 de 2009 
  Doña Margarita Pérez Martínez, secretaria del Juzgado de instrucción número 5 de Majadahonda.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 236 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Don Jesús Lumeras Rubio, magistrado-juez del Juzgado de instrucción número 5 de Majadahonda, en los autos del juicio de faltas número 236 de 2009, ha dictado en nombre de Su Majestad el Rey la siguiente sentencia:
  Que debo condenar y condeno a don Abdellatif El  Haddaqui (X2025802P) como autor de una falta de amenazas del artículo 620.1 del Código Penal, a la pena de quince días de multa, a razón de 4 euros al día, lo que hace un total de 70 euros. En caso de impago estará sometido a la responsabilidad personal subsidiaria de un día de arresto por cada dos cuotas diarias no satisfechas, que podrá ser cumplida en establecimiento penitenciario.
  Que debo prohibir y prohibo a don Adcellatif El Haddaqui (X2025802P) entrar en el establecimiento propiedad de don Narciso Morán Prieto, sito en el punto kilométrico 0,800 de Majadahonda, así como de acercarse a don Narciso Morán Prieto durante el período de cuatro meses.
  Que debo absolver y absuelvo a doña Elvira Gilera, de los hechos por los que venía denunciada.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, indicándoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación en el plazo de cinco días siguientes a su notificación en este Juzgado y para ante la ilustrísima Audiencia Provincial.
  Líbrese testimonio de la presente resolución para su unión a los autos, llevando el original al libro de sentencias.
  Las costas se impondrán, de existir, en la forma prevenida en el fundamento de derecho cuarto.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Adcellatif El Haddaqui y a doña Elvira Gilera, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Majadahonda, a 31 de mayo de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/25.131/10)</texto>
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