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    <departamento>POZUELO DE ALARCÓN</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/07/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pozuelo de Alarcón. Régimen económico. Ampliar el período plan de empleo sobre estabilización y consolidación Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>160</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE POZUELO DE ALARCÓN 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 87 
 Ampliar el período plan de empleo sobre estabilización y consolidación Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón 
  Con fecha 19 de mayo de 2010, en sesión ordinaria la Junta de Gobierno Local, al punto denominado “Ampliación del período de aplicación del Plan de Empleo de Consolidación de la contratación temporal del Patronato Municipal de Cultura”, ha adoptado acuerdo, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal:
  En consonancia con la disposición transitoria cuarta del convenio colectivo regulador de las condiciones de trabajo del personal laboral del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón y sus organismos autónomos, así como la disposición transitoria cuarta del Estatuto Básico del Empleado Público, ampliar el período de ámbito del Plan de Empleo sobre Estabilización y Consolidación del Personal Laboral Temporal del Patronato Municipal de Cultura de Pozuelo de Alarcón, aprobado por el Pleno de 18 de abril de 2007, hasta enero de 2005, incorporando, en ese sentido, los puestos interinados que se determinen, y que por la identidad de su naturaleza pueden serlo, a los procesos de consolidación ya iniciados relativos a enero de 2003.
  Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  Lo que se publica para general conocimiento y demás efectos, significándose que contra el presente acuerdo, y de acuerdo con lo establecido en los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, podrá interponerse, potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, bien ante el mismo órgano que lo ha dictado, bien ante el órgano delegante en el caso de actos dictados por delegación, según corresponda, contado a partir del día siguiente al de la presente publicación, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, contado, asimismo, a partir de dicho momento, ante el órgano correspondiente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha jurisdicción.
  Pozuelo de Alarcón, a 2 de junio de 2010..El alcalde, Gonzalo Aguado Aguirre.
  (03/25.005/10)</texto>
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