<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100624-332</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/06/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 36. Ejecución 144 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>14</pagina_inicial>
    <pagina_final>14</pagina_final>
    <diario_numero>149</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-06-24170620100369</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/24/BOCM-20100624-332.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/24/BOCM-20100624-332.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/06/24/BOCM-20100624-332.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 36 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 332 
 Ejecución 144 de 2010 
  Doña María José Ortiz Rodríguez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 36 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 144 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Guzmán Domingo Campollo López y don Óscar Díez García, contra las empresas “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”, y “Recobolsa, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Dispongo: Despachar orden general de ejecución de la sentencia a favor de la parte ejecutante don Guzmán Domingo Campollo López y don Óscar Díez García, frente a “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”, y “Recobolsa, Sociedad Anónima”,  parte ejecutada, por importe de 12.810,57 euros de principal, incluido el 10 por 100 anual en concepto de mora a solicitud de la parte actora, desglosados del siguiente modo:
  A don Guzmán Domingo Campollo López: 3.868,16 euros.
  A don Óscar Díaz García: 8.942,41 euros.
  Más 768,63 euros y 1.281,06 euros que se fijan provisionalmente en concepto de intereses que, en su caso, puedan devengarse durante la ejecución y las costas de esta, sin perjuicio de su posterior liquidación.
  Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.
  Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Recoletos Servicios de Asesoría, Sociedad Limitada”, y “Recobolsa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 24 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.511/10)</texto>
</documento>