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    <identificador>BOCM-20100624-310</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/24</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 32. Demanda 1.750 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>149</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 310 
 Demanda 1.750 de 2009 
  Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.750 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Jennyfer Serrano Migallón, contra la empresa “Tep Ingenieros, Sociedad Limitada Profesional”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución:
  Sentencia número 1.750 de 2009
  En Madrid, a 3 de mayo de 2010..Doña María Luisa Gil Meana, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 32 de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, doña Jennyfer Serrano Migallón, que comparece representada por el letrado don Ángel Pelegrín Torrero, y de otra, como demandada, “Tep Ingenieros, Sociedad Limitada Profesional”, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Que con estimación de la demanda presentada por don Jennyfer Serrano Migallón, contra “Tep Ingenieros, Sociedad Limitada”, debo condenar y condeno a la parte demandada a abonar al actor por los conceptos de la demanda 1.444,45 euros, y 144,44 euros de interés por mora.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella no cabe interponer recurso alguno.
  Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Tep Ingenieros, Sociedad Limitada Profesional”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/23.336/10)</texto>
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