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    <identificador>BOCM-20100623-312</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 4</departamento>
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    <fecha_publicacion>2010/06/23</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 4. Juicio verbal 14 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>148</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE MADRID NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 312 
 Juicio verbal 14 de 2009 
  En el juicio verbal número 14 de 2009, seguido a instancias de doña Encarnación Moraleda Romero, contra don Lorenzo Moscardó Morillo, se ha dictado la resolución cuyo texto literal es del tenor literal siguiente:
  Parte dispositiva:
  Acuerdo aclarar la sentencia de fecha 5 de mayo de 2010 y subsanar la omisión padecida en el fallo en los siguientes extremos:
  Fallo
  Se incluye el punto número 2, quedando de la siguiente forma: Como régimen de visitas y hasta tanto no se restablezca de forma gradual la relación de la menor con su padre, se establece que doña Ainhoa Moscardó Moraleda podrá estar en compañía de él sábados y domingos de fines de semana alternos, en visita desarrollada íntegramente en Punto de Encuentro Familiar, de Murcia o de Almería, y en horario que sea fijado por el centro según disponibilidad, durante dos horas de visita supervisada, pernoctando siempre la menor con la madre, y sin establecerse por ahora régimen de estancias vacacionales a favor del padre.
  Notifíquese este auto a las partes. Contra este auto cabe el mismo recurso que contra la sentencia dictada.
  Así lo acuerdo, mando y firmo, ilustrísimo señor don Pedro Arduán Rodríguez, magistrado-juez del Juzgado de violencia sobre la mujer número 4 de los de Madrid y su partido judicial.
  En virtud de lo acordado en los autos referenciados, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifique a don Lorenzo Moscardó Morillo el auto de aclaración de fecha 25 de mayo de 2010.
  En Madrid, a 25 de mayo de 2010..El secretario judicial (firmado).
  (03/22.466/10)</texto>
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