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    <fecha_publicacion>2010/06/11</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 14. Demanda 970 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>138</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 147 
 Demanda 970 de 2009 
  Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 970 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Javier Simo Esque, contra la empresa “Externia Group, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
  Propuesta de providencia de la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol..En Madrid, a 3 de mayo de 2010.
  Por presentado el anterior escrito únase a los autos de su razón a los fines precedentes.
  Visto el estado de las actuaciones y resultando que la demandada se encuentra en ignorado paradero, cítese a la misma, por medio de edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado. Adviértase que las siguientes comunicaciones dirigidas a la mencionada parte se harán en estrados (artículo 59 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Se acuerda, asimismo, citar al Fondo de Garantía Salarial, dándole traslado de la demanda, de conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 de la Ley de Procedimiento Laboral, a fni de que comparezca ante este Juzgado para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, señalado para el próximo día 29 de septiembre de 2010, a las nueve y diez horas de su mañana.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Para la interposición del citado recurso deberá acreditarse el ingreso de la cantidad de 25 euros en la “Cuenta de consignaciones” de este Juzgado que es la número 2512 y con la clave de procedimiento 30, todo ello de conformidad y con las excepciones que establece la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, que modifica la Ley Orgánica del Poder Judicial.
  Lo que propongo a su señoría para su conformidad. Doy fe..Conforme: la magistrada-juez de lo social (firmado)..La secretaria judicial (firmado).
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Externia Group, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 3 de mayo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/21.670/10)</texto>
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