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    <fecha_publicacion>2010/06/03</fecha_publicacion>
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    <titulo>Leganés número 8. Juicio de faltas 231 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>131</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE LEGANÉS NÚMERO 8 
 EDICTO
 
 28 
 Juicio de faltas 231 de 2009 
  Doña Matilde García Moreno, secretaria del Juzgado de instrucción número 8 de Leganés.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 231 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  En Leganés (Madrid), a 30 de junio de 2009..Vistos por mí, doña Elena Sanabria Seguido, magistrada-juez sustituta de los Juzgados de Leganés, actuando reglamentariamente en el Juzgado de primera instancia e instrucción número 8 de esta localidad, en juicio oral y público los presentes autos de juicio de faltas número 231 de 2009, en los que ha sido parte: doña Sonia Navarro García, en calidad de denunciante, y don Manuel Vega Santos, en calidad de denunciado.
  Fallo
  Que debo condenar y condeno a don Manuel Vega Santos, como autor de una falta de amenazas, a la pena de veinte días de multa con una cuota de 3 euros cada día, con la responsabilidad subsidiaria en caso de impago prevista en el artículo 53 del Código Penal, así como al abono de las costas propias del juicio.
  Publíquese la presente en Audiencia pública y notifíquese a las partes, haciéndoles saber que no es firme y que contra la misma, y en el plazo de cinco días desde el siguiente a su notificación, podrá interponerse recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que habrá de formalizarse ante ese Juzgado conforme a lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y durante cuyo plazo se hallarán las actuaciones a su disposición en la Secretaría de este Juzgado.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Manuel Vega Santos, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Leganés, a 30 de abril de 2010..La secretaria (firmado).
  (03/19.640/10)</texto>
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