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    <fecha_publicacion>2010/06/01</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Pedrezuela. Régimen económico. Modificación créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>129</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>PEDREZUELA</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE PEDREZUELA 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 133 
 Modificación créditos 
  El Ayuntamiento Pleno, en sesión del día 26 de marzo de 2010, aprobó, por unanimidad, el expediente número 1/2010 de modificación de créditos del presupuesto municipal de 2010. Expuesto al público el referido acuerdo y correspondiente expediente, según anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 16 de abril de 2010, no fue presentada reclamación alguna, durante el plazo de exposición pública, contra el indicado acuerdo plenario y correspondiente expediente por lo que, y de conformidad con lo dispuesto por los artículos 169 y 177 del Real Decreto-Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las modificaciones de créditos se consideran definitivamente aprobadas, siendo su resumen el siguiente:
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  La financiación de los mencionados aumentos de créditos se hace con cargo a mayores ingresos.
  Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del Real Decreto-Ley 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
  Contra el referido acuerdo podrá presentarse recurso contencioso-administrativo en los términos y plazos previstos en la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
  En Pedrezuela, a 11 de mayo de 2010..La alcaldesa (firmado).
  (03/19.852/10)</texto>
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