<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100526-184</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 15. Ejecución 292 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>124</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-05-26200520100145</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/26/BOCM-20100526-184.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/26/BOCM-20100526-184.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/26/BOCM-20100526-184.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 15 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 184 
 Ejecución 292 de 2009 
  Doña María Dolores Marín Relanzón, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 15 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 292 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Francisco Felipe Marín Casero, contra la empresa “Mantenimiento y Montajes de Tiendas, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:
  Parte dispositiva:
  Aclarar que el presente procedimiento se sigue a instancias de don Francisco Felipe Martín Casero, contra “Mantenimiento y Montajes de Tiendas, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal B-84121136, sin que ello pueda producir nulidad e indefensión al seguirse todo el procedimiento contra la ejecutada en su domicilio social, y con su cédula de identificación fiscal verdadera.
  Modo de impugnación: no cabe recurso alguno.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Mantenimiento y Montajes de Tiendas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 20 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/18.162/10)</texto>
</documento>