<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100524-64</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/24</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago. Régimen económico. Modificación de créditos</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>7</pagina_inicial>
    <pagina_final>7</pagina_final>
    <diario_numero>122</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-05-24210520100018</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/24/BOCM-20100524-64.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/24/BOCM-20100524-64.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/24/BOCM-20100524-64.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE GARGANTILLA DEL LOZOYA Y PINILLA DE BUITRAGO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 64 
 Modificación de créditos 
  A los efectos de lo dispuesto en el artículo 169 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace público para general conocimiento que esta Corporación, en sesión celebrada el día 13 de febrero de 2010, adoptó acuerdo inicial, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra el mismo, de aprobar el expediente de modificación de créditos y suplemento de créditos número 1, con cargo al remanente libre de Tesorería del ejercicio 2009:
   							Ver en documento PDF 						 
  Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 a 43 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
  Gargantilla del Lozoya, a 28 de abril de 2010..El alcalde-presidente, Ignacio González Martínez.
  (03/17.493/10)</texto>
</documento>