<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100506-254</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/06</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Móstoles número 2. Demanda 391 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>10</pagina_inicial>
    <pagina_final>10</pagina_final>
    <diario_numero>107</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-05-06290420100328</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/06/BOCM-20100506-254.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/06/BOCM-20100506-254.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/06/BOCM-20100506-254.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2 
 EDICTO
 CÉDULA DE CITACIÓN
 
 254 
 Demanda 391 de 2010 
  Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.
  Hago saber: Que en autos número 391 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguidos a instancias de don José Ramón Luque Morales, contra Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, “Asepeyo” y “Bombeos del Centro, Sociedad Anónima”, sobre Seguridad Social, en cuyas actuaciones y en resolución de esta fecha he acordado por el presente citar en legal forma a “Bombeos del Centro, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, al objeto de celebrar acto de conciliación y, en su caso, juicio el día 10 de febrero de 2011, a las doce horas.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento, apercibiéndole, asimismo, que habiéndose pedido y admitido la prueba de confesión, se le advierte que en caso de incomparecencia podrán ser tenidos por ciertos los hechos alegados por la parte contraria.
  Expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Móstoles, a 14 de abril de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/16.093/10)</texto>
</documento>