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    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
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    <fecha_publicacion>2010/05/06</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 7. Procedimiento ordinario 1.064 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>107</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Mercantil:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 7</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO MERCANTIL DE MADRID NÚMERO 7 
 EDICTO
 
 134 
 Procedimiento ordinario 1.064 de 2007 
  Doña María del Carmen Fresneda García, secretaria del Juzgado de lo mercantil número 7 de Madrid.
  Hago saber: Que en el presente procedimiento ordinario número 1.064 de 2007, iniciado a instancias del procurador don Saturnino Estévez Rodríguez, en nombre y representación de don Frank Schmitt, contra don Erling V. Kikegard, doña Helle-Kalevi Candolin, doña Uta Spielberger, don Dieter Spielberger y don John Stender, se ha dictado la sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
  Sentencia número 182 de 2009
  En Madrid, a 16 de diciembre de 2009..El señor don Andrés Sánchez Magro, magistrado-juez del Juzgado de lo mercantil número 7 de Madrid y su partido, habiendo visto los presentes autos de procedimiento ordinario número 1.064 de 2007, seguidos ante este Juzgado, entre partes, de una, como demandante, don Frank Schmitt, con procurador don Saturnino Estévez Rodríguez, y de otra, como demandados, don Erling V. Kikegard, doña Helle-Kalevi Candolin, doña Uta Spielberger, don Dieter Spielberger y don John Stender.
  Fallo
  Acuerdo estimar la demanda interpuesta por don Frank Schimtt, en su condición de síndico de la quiebra de la mercantil alemana “Phoenix Kapitaldienst GMBH”, representado por el procurador don Saturnino Estévez Rodríguez, contra los demandados don Erling V. Kikegard, doña Helle-Kalevi Candolin, doña Uta Spielberger, don Dieter Spielberger y don John Stender, en cuya virtud:
  Primero..Acuerdo condenar a los demandados don Erling V. Kikegard al pago de 30.148,05 euros, a doña Helle-Kalevi Candolin al pago de 43.439,51 euros, a doña Uta Spielberger al pago de 87.747,25 euros, a don Dieter Spielberger al pago de 68.241,21 euros, y a don John Stender al pago 123.237,67 euros, más los intereses del fundamento jurídico segundo.
  Segundo..Acuerdo condenar a los demandados al pago de las costas de este procedimiento.
  Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que se preparará en el plazo de cinco días desde su notificación.
  Para interponer recurso los recurrentes deben consignar el depósito correspondiente, según la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, en la cuenta de este Juzgado de la entidad “Banesto” con número 2749, referente al presente procedimiento, bajo los apercibimientos a que hubiere lugar en derecho.
  Así, por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.
  Y para que sirva de notificación a los demandados don Erling V. Kikegard, doña Helle­Kalevi Candolin, doña Uta Spielberger, don Dieter Spielberger y don John Stender, en ignorado paradero, se expide el presente edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, que expido y firmo en Madrid, a 29 de marzo de 2010..La secretaria (firmado).
  (02/3.979/10)</texto>
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