<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100503-105</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>MEJORADA DEL CAMPO</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/05/03</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>– Mejorada del Campo. Organización y funcionamiento. Reglamento de parque de educación vial</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>104</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-05-03270420100282</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/03/BOCM-20100503-105.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/03/BOCM-20100503-105.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/05/03/BOCM-20100503-105.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>MEJORADA DEL CAMPO</organismo>
  </analisis>
  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE MEJORADA DEL CAMPO 
 ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
 
 105 
 Reglamento de parque de educación vial 
  Este Ayuntamiento en Pleno, en sesión celebrada el día 25 de marzo de 2010, acordó aprobar inicialmente el Reglamento del Parque de Educación Vial de Mejorada del Campo, y someter dicho expediente a información pública por el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de que puedan presentarse reclamaciones y sugerencias contra el mismo, en su caso, estando el expediente a disposición en la Secretaría General del Ayuntamiento. Todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 22.2.d), 49 y 70.2 de la vigente Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local.
  El citado acuerdo de aprobación inicial se considerará elevado automáticamente a definitivo en el caso de que no se produzcan reclamaciones contra las mismas durante el plazo de su exposición pública, en previsión de lo cual se publica el Reglamento del Parque de Educación Vial de Mejorada del Campo que se cita a continuación.
  Mejorada del Campo, a 13 de abril de 2010..El alcalde, Fernando Peñaranda Carralero.
  (03/15.586/10)</texto>
</documento>