<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100430-141</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/04/30</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Torrejón de Ardoz número 4. Juicio de faltas 474 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>102</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-04-30200420100018</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/30/BOCM-20100430-141.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/30/BOCM-20100430-141.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/04/30/BOCM-20100430-141.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>Juzgados de Primera Instancia e Instrucción:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE TORREJÓN DE ARDOZ NÚMERO 4 
 EDICTO
 
 141 
 Juicio de faltas 474 de 2009 
  El secretario del Juzgado de instrucción número 4 de Torrejón de Ardoz.
  Doy fe y testimonio: Que en el juicio de faltas número 474 de 2009 se ha dictado la presente sentencia, que en su encabezamiento y parte dispositiva dice:
  Que debo condenar y condeno a don Marius Lucian Mirón y a don Adrián Razvan Brumarescu, como autores criminalmente responsables de una falta de hurto, a la pena cada uno de ellos de un mes de multa, con cuota diaria de 3 euros, con apercibimiento de que si no satisficieren la multa impuesta quedarán sujetos a una responsabilidad personal subsidiaria de un día de privación de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas, así como al pago de las costas procesales.
  Don Marius Lucian Mirón deberá indemnizar el centro comercial “Alcampo” el importe de 13,75 euros.
  Notifíquese la presente a las partes, haciéndoles saber que contra la presente cabe recurso de apelación para ante la Audiencia Provincial de Madrid en el plazo de cinco días.
  Y para que conste y sirva de notificación de sentencia a don Adrián Razvan Brumarescu, actualmente en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido la presente en Torrejón de Ardoz, a 6 de abril de 2010..El secretario (firmado).
  (03/14.479/10)</texto>
</documento>