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    <fecha_publicacion>2010/04/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 12. Demanda 517 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>98</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 222 
 Demanda 517 de 2009 
  Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 517 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Juan Enrique Bueno Ramírez, contra la empresa “Alcepesa, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Sentencia número 133 de 2010
  En Madrid, a 3 de marzo de 2010..Doña Francisca Arce Gómez, magistrada-juez del Juzgado de lo social número 12 de Madrid, tras haber visto los presentes autos, sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Juan Enrique Bueno Ramírez, que comparece con asistencia del letrado don David Moya García, y de otra, como demandada, “Alcepesa, Sociedad Anónima”, que no comparece pese a estar citada en legal forma, en nombre del Rey ha dictado la siguiente sentencia:
  Fallo
  Estimo la demanda del actor don Juan Enrique Bueno Ramírez y declaro debida la cantidad reclamada con su demanda, por conceptos de salarios. En consecuencia, condeno a la demandada, “Alcepesa, Sociedad Anónima”, a estar y pasar por las anteriores declaraciones y a que abone al actor la cantidad de 1.420,13 euros.
  Asimismo, declaro la mora de la demandada y a la anterior cantidad se le incrementará el 10 por 100 de interés moratorio anual desde la fecha en que debieron percibirse hasta su total pago.
  Esta sentencia no tiene recurso por razón de su cuantía y alcanza su firmeza en la fecha de su notificación.
  Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Alcepesa, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 18 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.496/10)</texto>
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