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    <titulo>Madrid número 1. Demanda 304 de 2010</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>98</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 1 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 197 
 Demanda 304 de 2010 
  Doña Rosario Barrio Pellegrini, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 304 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Manuel Moreno Requena, contra la empresa “Gobofrut, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado resolución, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Auto
  En Madrid, a 9 de marzo de 2010.
  Parte dispositiva:
  Por repartida la anterior demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento, regístrese en el libro registro correspondiente.
  Se admite a trámite la demanda presentada y se señala para el acto de conciliación y, en su caso, juicio, en única convocatoria, la audiencia del día 18 de mayo de 2010, a las diecisiete y veinte horas, en la Sala de audiencias de este Juzgado, sita en la calle Hernani, número 59 (Sala 1-A), debiendo citarse a las partes, con entrega a la demandada y a los interesados de copia de la demanda y demás documentos aportados, así como del escrito de subsanación, con las advertencias previstas en los artículos 82.2 y 83 de la Ley de Procedimiento Laboral.
  Al primer otrosí digo: se declararán pertinentes y se accede la práctica de los medios de prueba propuestos, y en su virtud:
  Respecto al interrogatorio de las partes, ha lugar al interrogatorio del representante legal de la empresa demandada y expídase al efecto la correspondiente cédula de citación.
  En cuanto a la documental, requiérase a la empresa demandada, a fin de que aporte al acto del juicio la documental interesada por la parte actora.
  Al segundo otrosí digo: se tienen por hechas las manifestaciones en el mismo contenidas.
  Notifíquese esta resolución a las partes.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral), siendo indispensable que, al tiempo de interponerlo, el recurrente, si es parte en quien no concurra la condición de trabajador o causahabiente suyo o beneficiarios de la Seguridad Social y que no goce de beneficios de justicia gratuita, presente resguardo de ingreso en “Recurso de reposición” de la cantidad de 25 euros con indicación de la entidad bancaria 0030, oficina 1143, dígito de control 50, número de cuenta 0000000000, beneficiario Juzgado de lo social número 1 de Madrid, concepto 2499/0000/30, y número del presente procedimiento judicial en la sucursal de “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid.
  Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo..El magistrado-juez de lo social, Miguel Moreiras Caballero.
  Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Gobofrut, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 23 de marzo de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/13.500/10)</texto>
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