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    <fecha_publicacion>2010/04/22</fecha_publicacion>
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    <titulo>Fuenlabrada número 4. Juicio verbal 1.701 de 2008</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE FUENLABRADA NÚMERO 4 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 130 
 Juicio verbal 1.701 de 2008 
  En el procedimiento de juicio verbal número 1.701 de 2008 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:
  Sentencia
  En Fuenlabrada, a 30 de septiembre de 2009..En nombre de Su Majestad el Rey.
  Vistos por la ilustrísima señora doña María Luisa García Moreno, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 4 de Fuenlabrada y su partido, los presentes autos de juicio verbal número 1.701 de 2008, tramitados en este Juzgado a instancias de don Eduardo Ramírez Ortiz y doña Antonia García Gil, representados por la procuradora de los tribunales doña Raquel Lidia Santos Fernández y asistidos por el letrado don Juan Ángel Serrano Escalera, contra don Damián Casanueva Ramos y “Provyofi, Sociedad Anónima”, declarados en situación procesal de rebeldía, sobre elevación a público de contrato privado.
  Fallo
  Estimando la demanda formulada por don Eduardo Ramírez Ortiz y doña Antonia García Gil, representados por la procuradora doña Raquel Lidia Santos Fernández, contra don Damián Casanueva Ramos y “Provyofi, Sociedad Anónima”, declarados en situación procesal de rebeldía, debo declarar y declaro la procedencia de la elevación a público de los contratos privados de compraventa de fecha 13 de marzo de 1980 y 10 de junio de 1980, condenando a los demandados citados a proceder al otorgamiento de la escritura pública en el plazo de treinta días, en caso contrario se otorgará de oficio por el Juzgado.
  Con expresa imposición de costas a los demandados.
  Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro del quinto día para ante la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid, y que deberá prepararse mediante escrito presentado en este Juzgdo en los cinco días a contar desde el siguiente a la notificación de la presente.
  Y como consecuencia del ignorado paradero de “Provyofi, Sociedad Anónima”, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
  Fuenlabrada, a 14 de diciembre de 2009..El secretario (firmado).
  (02/3.628/10)</texto>
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