<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100315-149</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/03/15</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 6. Demanda 536 de 2007</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>12</pagina_inicial>
    <pagina_final>12</pagina_final>
    <diario_numero>62</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-03-15030320100138</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/15/BOCM-20100315-149.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/15/BOCM-20100315-149.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/03/15/BOCM-20100315-149.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 149 
 Demanda 536 de 2007 
  Doña María Elena Redondo Pacheco, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 536 de 2007 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de Comunidad Autónoma de Madrid, contra don Juan Mario Sarracén Cantero, don David Altayee Jaime, don Alejandro Tanarro Gómez, don José Luis Torres Tajada, don Guillermo Ambros Cuevas, don José Francisco Gómez Pavón, “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, y “Sogecable, Sociedad Anónima”, sobre procedimiento de oficio, se ha dictado sentencia de fecha 27 de octubre de 2009, cuya parte dispositiva es la siguiente:
  Fallo
  Que estimando la demanda de oficio interpuesta por la autoridad laboral de la Comunidad de Madrid contra “CO de Servicios, Sociedad Anónima”, “Sogecable, Sociedad Anónima”, don Juan Mario Sarracén Cantero, don David Altayee Jaime, don Alejandro Tanarro Gómez, don José Luis Torres Tajada, don Guillermo Ambos Cuevas y don José Francisco Gómez Pavón, debo declarar y declaro la cesión ilegal de trabajadores en que incurrieron las mencionadas empresas como cedente y cesionaria, respectivamente, condenando a los codemandados a estar y pasar por dicha declaración y por todas sus consecuencias.
  Notifíquese esta sentencia a las partes advirtiéndoles que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia.
  Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a don Juan Mario Sarracén Cantero, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 16 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.662/10)</texto>
</documento>