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    <fecha_publicacion>2010/02/26</fecha_publicacion>
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    <titulo>– Valdeavero. Régimen económico. Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de las dependencias municipales para la celebración de matrimonios civiles</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>48</diario_numero>
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    <seccion>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS</seccion>
    <organismo>Ayuntamiento de Valdeavero</organismo>
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  <texto>III. ADMINISTRACIÓN LOCAL 
  AYUNTAMIENTO DE VALDEAVERO 
 RÉGIMEN ECONÓMICO
 
 89 
 Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de las dependencias municipales para la celebración de matrimonios civiles 
  El Pleno de la Corporación, en sesión plenaria celebrada el 28 de enero de 2010, ha acordado la aprobación provisional de la creación de una nueva ordenanza fiscal en el Ayuntamiento de Valdeavero:
  .	Ordenanza fiscal reguladora de la tasa por la utilización de las dependencias municipales para la celebración de matrimonios civiles.
  A efectos de lo dispuesto en el artículo 17 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, el expediente de modificación se halla expuesto al público en la Secretaría de este Ayuntamiento, a fin de que los interesados legítimos puedan, en el plazo de treinta días, a partir del siguiente a la fecha de publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, examinar el expediente y presentar las reclamaciones que estimen oportunas.
  En Valdeavero, a 5 de febrero de 2010..El alcalde, Francisco Javier Quintana Gundín.
  (03/6.057/10)</texto>
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