<documento>
  <metadatos>
    <identificador>BOCM-20100226-194</identificador>
    <origen_legislativo>Comunidad de Madrid</origen_legislativo>
    <departamento>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</departamento>
    <rango/>
    <fecha_publicacion>2010/02/26</fecha_publicacion>
    <fecha_disposicion/>
    <titulo>Madrid número 32. Demanda 603 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
    <pagina_inicial>9</pagina_inicial>
    <pagina_final>9</pagina_final>
    <diario_numero>48</diario_numero>
    <seccion/>
    <url_html>https://www.bocm.es/2010-02-26250220100018</url_html>
    <url_xml>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/26/BOCM-20100226-194.xml</url_xml>
    <url_json_ld>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/26/BOCM-20100226-194.json</url_json_ld>
    <url_pdf>https://www.bocm.es/boletin/CM_Orden_BOCM/2010/02/26/BOCM-20100226-194.PDF</url_pdf>
  </metadatos>
  <analisis>
    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>Juzgados de lo Social:</organismo>
    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32</organismo>
  </analisis>
  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 32 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 194 
 Demanda 603 de 2009 
  Doña Emilia Morales Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 32 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 603 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Quijorna Gómez, contra doña Tatiana Leal Márquez, doña María Beatriz Leal Márquez , don Gerardo Alfonso Leal Márquez, don Isidro Castillejo Bermúdez de Castro, don Gerardo Leal Elizarán, doña María Victoria Márquez Patiño, doña Míriam Leal Márquez, “Rafael Martín Rueda Leal Elizarán, Sociedad Anónima”, “Sotoamelo, Sociedad Anónima”, “Amelo, Sociedad Anónima”, don Esteban Barreda Becerra, “Fuenteamelo, Sociedad Anónima”, “Herlema, Sociedad Limitada”, “Brezal, Sociedad Anónima”, y don Edorta Etxarandio Herrera, sobre despido, se ha dictado la anterior resolución, cuya copia se acompaña.
  Providencia
  Ilustrísima señora magistrada-juez, doña María Luisa Gil Meana..En Madrid, a 4 de febrero de 2010.
  Dada cuenta, el anterior escrito del letrado de la parte actora solicitando que se despache ejecución, únase a los autos de su razón y visto el contenido del mismo se acuerda citar de comparecencia para el día 5 de marzo de 2010, a las nueve y cinco horas de su mañana.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar ante este Juzgado dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su recepción (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Adviértase igualmente al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones de este Juzgado (2805 0000 30 0603 09), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal efecto, Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional 15.a
  Lo manda y firma su señoría, doy fe..La magistrada-juez de lo social (firmado)..La secretaria judicial (firmado).
  Providencia
  Ilustrísima señora magistrada-juez, doña María Luisa Gil Meana..En Madrid, a 5 de febrero de 2010.
  Dada cuenta, el anterior escrito del representante de la empresa “Leal Elizarán, Sociedad Anónima”, comunicando la declaración de concurso de la empresa, únase a los autos de su razón y visto el contenido del mismo, dese traslado a las partes para su conocimiento.
  Notifíquese esta resolución.
  Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición, a presentar ante este Juzgado dentro del plazo de los cinco días hábiles siguientes al de su recepción (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).
  Adviértase igualmente al recurrente que no fuere trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta  de depósitos y consignaciones de este Juzgado (2805 0000 30 0603 09), acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con la interposición del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal efecto, Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional 15.a
  Lo manda y firma su señoría, doy fe..La magistrada-juez de lo social (firmado)..La secretaria judicial (firmado).
  Se advierte a los destinatarios que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a doña Tatiana Leal Márquez, doña María Beatriz Leal Márquez, don Isidro Castillejo Bermúdez de Castro, doña Míriam Leal Márquez, don Rafael Martín Rueda, don Esteban Barreda Becerra y don Edorta Etxarandio Herrera, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 12 de febrero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/7.042/10)</texto>
</documento>