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    <fecha_publicacion>2010/02/25</fecha_publicacion>
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    <titulo>Madrid número 30. Demanda 1.255 de 2009</titulo>
    <diario codigo="BOCM">Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid</diario>
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    <diario_numero>47</diario_numero>
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    <seccion>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA</seccion>
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    <organismo>JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30</organismo>
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  <texto>IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA 
  JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30 
 EDICTO
 CÉDULA DE NOTIFICACIÓN
 
 166 
 Demanda 1.255 de 2009 
  Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.
  Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.255 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Julissa Kerim Cuya Huapaya, contra “Prender y Cocinar, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia de fecha 16 de diciembre de 2009, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:
  Que estimando la demanda interpuesta por doña Julissa Karim Cuya Huapaya, contra la empresa demandada “Prender y Cocinar, Sociedad Limitada”, condeno a la empresa demandada a satisfacer a la parte actora la cantidad de 2.135 euros, más el interés del 10 por 100 anual.
  Condeno al Fondo de Garantía Salarial a estar y pasar por la anterior declaración y condena, sin perjuicio de sus responsabilidades legales ulteriores, si hubiera lugar a ello, previa instrucción del oportuno expediente administrativo.
  Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación.
  Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Prender y Cocinar, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
  En Madrid, a 26 de enero de 2010..La secretaria judicial (firmado).
  (03/4.564/10)</texto>
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