Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
04-12-2025

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251204-9

Páginas: 5


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO

9
RESOLUCIÓN de 2 de diciembre de 2025, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal de personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Auxiliar Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

Mediante Orden 2738/2022, de 24 de noviembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 16 de diciembre), Corrección de Errores, de 21 de diciembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 311, de 30 de diciembre) se convocaron pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Auxiliar Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la Comunidad de Madrid, al amparo de lo recogido en las disposiciones adicionales sexta y octava de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de Medidas Urgentes para la Reducción de la Temporalidad en el Empleo Público.

A la vista de la Resolución de 30 de mayo de 2025, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 143, de 17 de junio), por la que se resuelve el citado proceso selectivo, una vez verificado el cumplimiento de los requisitos exigidos en la correspondiente orden de convocatoria y demás normativa de aplicación, este centro directivo, en uso de las facultades que tiene legalmente atribuidas,

RESUELVE

Primero

De conformidad con lo dispuesto en la Resolución de la Dirección General de Función Pública de 14 de noviembre de 2025 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de noviembre, número 282), se excluye del proceso selectivo de referencia a las siguientes personas aspirantes que han superado el proceso selectivo al no mantener el requisito exigido en la base tercera, apartado primero de la orden de convocatoria 2738/2022, de 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.



Asimismo, se excluye al siguiente aspirante del proceso selectivo de referencia, al no mantener el requisito exigido en la base tercera, apartado primero de la orden de convocatoria 2738/2022, de 24 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo.

Segundo

Atendiendo a lo dispuesto en la base decimocuarta, apartados 6.o y 9.o, de la precitada Orden 913/2019, de 27 de junio, y en la base undécima de la Orden 2738/2022, de 16 de diciembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 299, de 16 de diciembre), las personas aspirantes que se señalan a continuación pierden el derecho a la adjudicación de un puesto de trabajo de la categoría profesional de Personal Auxiliar de Control e Información (Grupo V, Nivel 2, Área B) de la Comunidad de Madrid, por no aportar la documentación requerida en el plazo previsto en las citadas bases:

Tercero

Aceptar la solicitud de desistimiento de participación en el proceso selectivo de referencia, declarándose el mismo concluso respecto a la persona aspirante que se relaciona a continuación de acuerdo con lo establecido en el artículo 94, en relación con los artículos 84.1 y 21.1 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 187, de 7 de agosto de 2024).

Cuarto

Como consecuencia de lo anterior, queda desierta la adjudicación de los puestos de trabajo que se indican a continuación:

Quinto

Adjudicar destinos, en los términos que se indican seguidamente, a las personas que han superado el citado proceso selectivo y que se relacionan en el Anexo que se publica con la presente resolución.

Sexto

1. Por la unidad responsable de personal de la correspondiente consejería u organismo autónomo, se procederá a la formalización de los correspondientes contratos con las personas interesadas, debiendo dar, asimismo, cumplimiento a lo establecido en el artículo 13 del Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el Sector Público.

2. A tal efecto, las personas aspirantes relacionadas en el mencionado Anexo deberán personarse en la subdirección general o unidad de personal de la consejería u organismo autónomo al que se encuentra adscrita la plaza adjudicada, a efectos de proceder a la formalización del correspondiente contrato de trabajo, debiendo ir provistas de su DNI NIE, documento de afiliación a la Seguridad Social, así como de un certificado o justificante de los datos de su cuenta bancaria, en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo recogido en la base decimoquinta, apartado 15.2, de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, de la Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se aprobaron las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal laboral de nuevo ingreso al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 79, de 3 de abril).

3. Cualquier información adicional a la recogida en la presente resolución se encontrará disponible en la Sede Electrónica de la Comunidad de Madrid, cuya URL es https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/auxiliar-control-e-informacion así como en la página web del proceso selectivo accesible desde:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/auxiliar-control-e-informa... estabilizacionconcurso

Séptimo

Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer demanda en el plazo de dos meses ante el Juzgado de lo Social de Madrid, de acuerdo con lo establecido en el artículo 10.4.a) en relación con el artículo 6.2.b) de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, y en el artículo 69 de la mencionada Ley, en la redacción dada por la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid, a 2 de diciembre de 2025.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.

(03/20.091/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251204-9