Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 244

Fecha del Boletín 
13-10-2025

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20251013-56

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLLADO VILLALBA

RÉGIMEN ECONÓMICO

56
Collado Villalba. Régimen económico. Padrones impuestos

Aprobado el padrón de la tasa por la instalación de puestos en el Mercadillo Municipal correspondiente al segundo semestre del año 2025 (25MERC-02), conforme a lo dispuesto en el artículo 27 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, queda expuesto al público durante el plazo de veinte días para su examen y reclamación por parte de los interesados.

Contra las deudas consignadas en el padrón contributivo y notificado colectivamente mediante el presente anuncio, los interesados podrán interponer, ante el concejal de Hacienda, recurso de reposición previo al contencioso-administrativo, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de la finalización del período de exposición pública.

De conformidad con lo dispuesto en los artículos 27, 28 y 29 de la vigente ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, se inicia el período de pago en voluntaria del mencionado padrón, desde el día 1 de octubre de 2025 al día 1 de diciembre de 2025.

Transcurrido el período de pago en voluntaria citado, las deudas serán exigidas por el procedimiento ejecutivo de apremio y devengarán el recargo de apremio, intereses de demora y, en su caso, las costas que se produzcan.

Lugar de pago: Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, Banco Santander, CaixaBank.

Forma de pago: las señaladas en el artículo 83 de la ordenanza fiscal general de gestión, recaudación e inspección, así como en la Sede Electrónica del Ayuntamiento de Collado Villalba

Collado Villalba, a 2 de octubre de 2025.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores Vargas Fernández.

(01/15.951/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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