Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 218

Fecha del Boletín 
12-09-2025

Sección 3.10.20R: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20250912-65

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE RIVAS-VACIAMADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

65
Rivas-Vaciamadrid. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de 4 de septiembre de 2025. Aprobación de bases convocatoria de ayudas a entidades para la participación en la cabalgata municipal 2026, con motivo de las Fiestas de Navidad 2025/2026

BNDS: 855119

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria. El texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans ):

1. Objeto

La Concejalía de Cultura y Fiestas convoca ayudas a entidades para la participación en la cabalgata municipal 2026, con motivo de las Fiestas de Navidad 2025-2026, con el fin de promover la implicación y colaboración de la población escolar en el desarrollo de la misma.

La cabalgata tendrá lugar el 5 de enero de 2026.

2. Régimen jurídico

Régimen jurídico. Para lo no dispuesto en el presente documento, se estará al amparo de lo establecido en la Ley 38/2003 General de subvenciones, el RD 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, el RD 130/2019, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad de las subvenciones y demás ayudas públicas y por las Bases de ejecución del presupuesto.

3. Beneficiarias

Podrán solicitar estas ayudas las asociaciones de madres, padres y/o familias, inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones de Rivas Vaciamadrid, cuya actividad tenga relación directa con centros escolares o atención a la diversidad y escuelas infantiles del municipio de Rivas Vaciamadrid (0 a 3 años).

4. Plazo y lugar de presentación de solicitudes

Plazo: desde la publicación de las bases hasta el 2 de octubre de 2025.

Lugar y forma de presentación: las solicitudes, junto con la declaración responsable y documentación, se presentarán de manera electrónica en el Registro municipal del Ayuntamiento de Rivas Vaciamadrid:

https://www.rivasciudad.es/tramite/solicitud-de-subvencion-para-entidade...

5. Documentación a presentar

— Rellenar formulario electrónico de solicitud.

— Anexo II: declaración responsable de cesión de espacio.

— Certificado de titularidad bancaria firmado digitalmente por la entidad bancaria de aquellas entidades que soliciten pago anticipado.

Justificación del gasto:

La asociación acreditará con la documentación legalmente preceptiva (facturas con fechas comprendidas entre el 1 de enero de 2025 y el 9 de enero de 2026 a nombre de la asociación), la realización de dichos gastos, que entregará antes del 15 de enero de 2026 a través del registro municipal.

Los gastos se justificarán con facturas y demás documentos de valor probatoria equivalente en el tráfico jurídico mercantil o con eficacia administrativa, en documento original o fotocopia compulsada antes del 15 de enero de 2026.

9.1. Documentación justificativa a presentar:

1. Memoria de actuación justificativa, con indicación de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos (Anexo III).

2. Declaración responsable de la entidad beneficiaria, según modelo adjunto en Anexo IV.

3. Facturas justificativas: originales o fotocopias compulsadas. Las facturas se presentarán todas de una vez para poder informarlas favorablemente en el mismo acto administrativo.

4. Certificado expedido por la persona que ejerza el cargo de responsable de Tesorería o Secretaría de la Asociación, acreditativo de que las facturas y pagos de las mismas, que se presentan como justificante se han destinado a la finalidad para la que se otorgó la subvención (Anexo V).

5. Memoria económica justificativa del gasto, según modelo adjunto (Anexo VI): identificación del acreedor, número factura, fecha de emisión, importe total (si el importe de la factura es en moneda extranjera, indicar su equivalente en euros).

6. Junto con cada documento de gasto que figure en la Memoria económica (factura), deberá aportarse su correspondiente documento acreditativo del pago. En el caso de justificar con gastos salariales, deberán aportar nóminas y pago de las mismas, modelo 111, RNT, RLC.

7. Certificado de estar al corriente con la Seguridad Social y con la Agencia Tributaria.

8. Certificado de titularidad bancaria firmado digitalmente por la entidad bancaria.

6. Cuantía

59.900,00 euros.

La Concejalía de Cultura y Fiestas subvencionará con un importe máximo de 59.900,00 euros, con cargo a la partida presupuestaria 0412 33800 48903 del presupuesto de 2025. Esta cantidad se repartirá entre las entidades beneficiarias, con un máximo de 3.000,00 euros por entidad. La cantidad final a percibir estará condicionada por el número de entidades solicitantes, la disponibilidad de la partida asignada y los presupuestos de gasto presentados.

En caso de que varias entidades participen de manera conjunta con una única carroza, la suma de la cantidad máxima que podrá justificarse entre dichas entidades no podrá exceder de los 3.500,00 euros.

La Concejalía de Cultura y Fiestas subvencionará con cargo a la partida presupuestaria 0412 33800 48903 del presupuesto 2025 un importe máximo de 59.900,00 euros.

Con carácter general las ayudas serán abonadas con posterioridad a la realización de la actividad y/o proyecto, previa justificación de las mismas mediante las facturas correspondientes.

Podrá efectuarse el pago anticipado cuando las entidades lo soliciten y acrediten la necesidad de ello. En este caso, será necesario adjuntar presupuestos emitidos por entidades jurídicas, firmados y sellados. Dichos presupuestos se fundamentarán en los gastos estimados previstos.

7. Período subvencionable

Desde la fecha de aprobación de bases y el 9 de enero de 2026.

Rivas-Vaciamadrid, a 4 de septiembre de 2025.—La alcaldesa, Aida Castillejo Parrilla.

(03/14.253/25)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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