Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 253

Fecha del Boletín 
23-10-2024

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20241023-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada

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Fuenlabrada. Régimen económico. Oficina Tributaria Ayuntamiento de Fuenlabrada. Ordenanzas fiscales

De acuerdo con lo previsto en el artículo 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se hace constar que se encuentra expuesto en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Fuenlabrada durante treinta días hábiles, a efectos de examen y plazo de presentación de posibles reclamaciones, los siguientes acuerdos relativos al expediente de las ordenanzas fiscales para el ejercicio 2025 adoptados por el Pleno del Ayuntamiento, en sesión extraordinaria de fecha 21 de octubre de 2024:

Primero.—Aprobar provisionalmente la modificación del apartado 1 del artículo 8 de la ordenanza fiscal número 1 del Ayuntamiento de Fuenlabrada reguladora del impuesto sobre bienes inmuebles, en su última redacción vigente modificada por Acuerdo del Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 22 de diciembre de 2022, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 308/2022, de 27 de diciembre, cuya redacción será la siguiente: “1. El tipo de gravamen aplicable a los bienes inmuebles de naturaleza urbana será el 0,4000 %”.

Segundo.—Aprobar provisionalmente la supresión de la tasa por la prestación del servicio de recogida de residuos sólidos urbanos, y la derogación de la ordenanza fiscal número 16 del Ayuntamiento de Fuenlabrada que la regula, cuya última redacción vigente fue aprobada por Acuerdo del Pleno, en sesión extraordinaria celebrada el 19 de diciembre de 2017, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 304/2017, de 22 de diciembre.

Tercero.—Aprobar provisionalmente la imposición de la nueva tasa por la prestación del servicio de Gestión de Residuos Domésticos, de acuerdo con el artículo 11.3 de la Ley 7/2022, de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular, y la ordenanza fiscal número 16 del Ayuntamiento de Fuenlabrada que la regula.

De acuerdo con lo previsto en el artículo 18 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, tendrán la consideración de interesados:

a) Los que tuvieran un interés directo o resulten afectados por tales acuerdos.

b) Los colegios oficiales, cámaras oficiales, asociaciones y demás entidades legalmente constituidas para velar por los intereses profesionales, económicos o vecinales, cuando actúen en defensa de los que les son propios.

El examen del expediente podrá realizarse en la sede de la Oficina Tributaria del Ayuntamiento de Fuenlabrada, y en la web municipal en la siguiente dirección: https://www.ayto-fuenlabrada.es/web/portal/tramites-de-informacion-y-con...

Fuenlabrada, a 21 de octubre de 2024.—La secretaria general del Pleno, María Rocío Parra Castejón.

(03/17.105/24)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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