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Boletín oficial de la Comunidad de Madrid

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 258

Fecha del Boletín 
29-10-2021

Sección 1.2.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20211029-5

Páginas: 174


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA

5
RESOLUCIÓN de 22 octubre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se nombran funcionarios en prácticas a los aspirantes seleccionados en los procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos, convocados por Resolución de 11 de marzo de 2020, modificada por la Resolución de 20 de enero de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos.

El artículo 29 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Accesos y Adquisición de Nuevas Especialidades en los Cuerpos Docentes a que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, y se regula el régimen transitorio de ingreso a que se refiere la disposición transitoria decimoséptima de la citada ley y la base novena de la Resolución de 11 de marzo de 2020, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se convocan procedimientos selectivos para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos, establecen que los aspirantes que han superado las fases de oposición y concurso serán nombrados funcionarios en prácticas.

De conformidad con lo anterior y en uso de las atribuciones conferidas por el Decreto 288/2019, de 12 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación y Juventud, esta Dirección General de Recursos Humanos

RESUELVE

Primero

Nombramiento de funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño

Nombrar funcionarios en prácticas de los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño a los aspirantes seleccionados en los citados procedimientos selectivos que aparecen relacionados por Cuerpos, Especialidad y Turno de acceso en el anexo I a esta Resolución, junto con la asignación del número de Registro Personal que les corresponde.

Segundo

Fecha de efectos del nombramiento como funcionarios en prácticas

El nombramiento como funcionarios en prácticas tendrá efectos administrativos desde el 1 de septiembre de 2021 y económicos desde la toma de posesión.

Tercero

Regulación de la fase de prácticas

La regulación de la fase de prácticas se regirá por lo dispuesto en la Resolución de 28 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se regula la fase de prácticas de los aspirantes seleccionados en el procedimiento selectivo para ingreso y accesos a los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño y procedimiento para la adquisición de nuevas especialidades por los funcionarios de los citados Cuerpos, convocados por Resolución de 11 de marzo de 2020.

Cuarto

Funcionarios en prácticas exentos de la realización o de la evaluación de la fase de prácticas

De conformidad con lo dispuesto en la base 9.1 del título I de la referida resolución de convocatoria de procedimiento selectivo, se declaran exentos de la realización o de la evaluación de la fase de prácticas a los aspirantes seleccionados que se indican en el citado Anexo I.

Quinto

Aplazamiento de la fase de prácticas

Declarar en situación de aplazamiento legal para la realización de la fase de prácticas durante el curso escolar 2021-2022 a los seleccionados relacionados en el Anexo II, al tener concedida la prórroga de incorporación a dicha fase por encontrarse en alguna de las circunstancias recogidas en la base novena de la Resolución de 11 de marzo de 2020.

Con el fin de efectuar la fase de prácticas en el curso 2022-2023, estos aspirantes deberán participar en el procedimiento de esta Dirección General de asignación de vacantes que se establezca al efecto.

Sexto

Renuncias

Quienes no se hubiesen incorporado a los destinos adjudicados se entenderá que han renunciado al procedimiento selectivo para ingreso en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y de Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, salvo los aspirantes que se encuentren en situación de aplazamiento legal para la realización de las prácticas al tener concedida prórroga de incorporación.

Asimismo, se aceptan las renuncias, expresas o tácitas, a todos los efectos derivados de la superación del procedimiento selectivo de los seleccionados que se relacionan en el Anexo III, con indicación de Cuerpo y Especialidad.

Séptimo

Nombramiento de funcionarios de carrera

De conformidad con la base décima del título I de la Resolución de 11 de marzo de 2020, una vez concluida la fase de prácticas y comprobado que todos los aspirantes declarados “aptos” en dicha fase reúnen los requisitos generales y específicos de participación exigidos, la Dirección General de Recursos Humanos aprobará los expedientes de los procedimientos selectivos, que se harán públicos en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y remitirá las listas de seleccionados en los Cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores Técnicos de Formación Profesional, Profesores de Música y Artes Escénicas, Profesores de Artes Plásticas y Diseño y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño al Ministerio de Educación y Formación Profesional, a efectos de su nombramiento y expedición de los correspondientes títulos de funcionarios de carrera.

Octavo

Recursos

Contra esta Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Viceconsejería de Organización Educativa en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 115, 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Madrid, a 22 de octubre de 2021.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel José Zurita Becerril.























































































































































































































































































































































(03/30.308/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.27.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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