Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 168

Fecha del Boletín 
16-07-2021

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20210716-37

Páginas: 20


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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Orden 789/2021, de 18 de junio, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen los modelos oficiales de los documentos de solicitud de inscripción de las Instrucciones Previas y de su revocación, modificación o sustitución.

La Ley 3/2005, de 23 de mayo, por la que se regula el ejercicio del derecho a formular instrucciones previas en el ámbito sanitario y crea el registro correspondiente, desarrolla lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica, como un paso más en el proceso de respeto y garantía de la voluntad de los ciudadanos en las decisiones relativas a su salud.

En desarrollo de esta ley se aprobó el Decreto 101/2006, de 16 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se regula el Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad de Madrid. En su artículo 6.1 se establece que el procedimiento de inscripción en el Registro de las Instrucciones Previas, se iniciará siempre mediante solicitud del otorgante, conforme a los modelos que se establezcan por Orden.

En aplicación de este artículo se aprobaron la Orden 2191/2006, de 18 de diciembre, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se desarrolla el Decreto 101/2006, de 28 de noviembre, por el que se regula el Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad de Madrid y se establecen los modelos oficiales de los documentos de solicitud de inscripción de las Instrucciones Previas y de su revocación, modificación o sustitución y posteriormente la Orden 645/2007, de 19 de abril, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regula el otorgamiento de las Instrucciones Previas, su modificación, sustitución y revocación ante el personal al servicio de la Administración.

La Ley Orgánica 3/2021, de 24 de marzo, de regulación de la eutanasia, hace referencia en sus artículos 5.2 y 6.4 a la posibilidad de solicitar la prestación de ayuda para morir en el documento de Instrucciones Previas, lo que hace necesario que los modelos así lo prevean.

Por otra parte, el tiempo transcurrido desde la aprobación de las citadas órdenes hace conveniente modificar su contenido en aras de su simplificación y racionalización.

En su virtud,

DISPONGO

Primero

Modelo oficial del documento de solicitud de inscripción de Instrucciones Previas

Se aprueban los modelos oficiales de los documentos de solicitud de inscripción de Instrucciones Previas que figuran como Anexos I y II, sus documentos adjuntos, el modelo de revocación, modificación o sustitución que figura como Anexo III, y el de declaración de renuncia del representante interlocutor que figura como Anexo IV, de esta Orden.

Segundo

Modelos anteriores

Quedan sin efecto los modelos oficiales recogidos en los Anexos I y II de la Orden 2191/2006, de 18 de diciembre, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se desarrolla el Decreto 101/2006, de 28 de noviembre, por el que se regula el Registro de Instrucciones Previas de la Comunidad de Madrid y se establecen los modelos oficiales de los documentos de solicitud de inscripción de las Instrucciones Previas y de su revocación, modificación o sustitución, y los modelos oficiales recogidos en los Anexos I y II de la Orden 645/2007, de 19 de abril, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se regula el otorgamiento de las Instrucciones Previas, su modificación, sustitución y revocación ante el personal al servicio de la Administración.

Tercero

Eficacia

La presente Orden tendrá efectos desde las 00:00 horas del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 18 de junio de 2021.

El Consejero de Sanidad en funciones, ENRIQUE RUIZ ESCUDERO



































(03/23.037/21)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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