Identidad Grafica

Boletín oficial de la Comunidad de Madrid

Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 283

Fecha del Boletín 
19-11-2020

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201119-5

Páginas: 31


I. COMUNIDAD DE MADRID

B) Autoridades y Personal

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y FUNCIÓN PÚBLICA

5
RESOLUCIÓN de 21 de octubre de 2020, de la Dirección General de Función Pública, por la que se aprueban las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en el proceso selectivo para el ingreso por el sistema general de acceso libre en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares, Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid y se publica la relación provisional de excluidos en este proceso, asimismo, se aprueban y publican las relaciones provisionales de admitidos y excluidos en el proceso selectivo de promoción interna para el acceso al mencionado Cuerpo y la de aspirantes de ambos procesos que han solicitado adaptación, con indicación de si deben aportar, o no, documentación acreditativa de la adaptación solicitada

Mediante Orden 1113/2019, de 5 de abril, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, se convocaron dos procesos selectivos para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Técnicos Auxiliares, Escala de Auxiliares de Archivos, Bibliotecas y Museos, de Administración Especial, Grupo C, Subgrupo C1, de la Comunidad de Madrid.

De conformidad con lo establecido en la base octava y novena de la Orden 290/2018, de 27 de junio, de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Presidencia y Portavocía del Gobierno, por la que se aprobaron las bases generales por las que se regirán las convocatorias de procesos selectivos de personal funcionario de Administración y Servicios de la Comunidad de Madrid, esta Dirección General, en uso de las facultades que tiene atribuidas,

RESUELVE

Primero

Aprobar las relaciones provisionales de aspirantes admitidos y excluidos en las referidas pruebas selectivas, que se expondrán en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro cuyas direcciones pueden consultarse en el enlace: http://www.comunidad.madrid/servicios/informacion-atencion-ciudadano/red..., o a través del Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid.

Asimismo, a efectos meramente informativos, dichas relaciones se encontrarán disponibles en las siguientes páginas web:

— Para los aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-auxiliares-archiv...

— Para los aspirantes que participen en el proceso selectivo de promoción interna:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-auxiliares-archiv...

Segundo

Publicar, como Anexo I a esta Resolución, la relación provisional de aspirantes excluidos que participen en el proceso selectivo de acceso libre, así como la de los que, en este proceso, han solicitado adaptación/es con indicación de si deben aportar, o no, la documentación acreditativa de la necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s, en los términos previstos en el apartado 5.6 de la presente Resolución.

Tercero

Publicar, como Anexo II a esta Resolución, la relación provisional de aspirantes admitidos y excluidos que participen en el proceso selectivo de promoción interna, así como la de los que, en este proceso, han solicitado adaptación/es con indicación de si deben aportar, o no, la documentación acreditativa de la necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s, en los términos previstos en el apartado 5.6 de la presente Resolución.

Cuarto

De acuerdo con lo previsto en la base 9.2 de la reseñada Orden 290/2018, de 27 de junio, los aspirantes excluidos expresamente y los que no figuren en las relaciones de admitidos ni en la de excluidos, dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a fin de subsanar el/los defecto/s que haya/n motivado su exclusión o su no inclusión expresa en las relaciones provisionales de admitidos del proceso en el que participen.

Asimismo, de conformidad con la base 8.6 de la Orden de referencia, dispondrán del mismo plazo, aquellos aspirantes que habiéndolo pedido no figuren entre los solicitantes de adaptación/es o bien deban aportar la documentación acreditativa de la/s necesidad/es de la/s misma/s.

Quinto

1. La subsanación de defectos y/o causas de exclusión y/o la aportación de la documentación acreditativa que, en su caso, corresponda, se realizará mediante los correspondientes impresos que, a tal efecto, se incorporan a esta Resolución, y en los términos establecidos en los mismos, debiendo cumplimentarse por medios electrónicos.

Se accederá a dichos impresos a través de los siguientes enlaces:

— Para los aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-auxiliares-archiv..., en la sección “Listados de admitidos y excluidos”.

— Para los aspirantes que participen en el proceso selectivo de promoción interna:

https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/tecnicos-auxiliares-archiv..., en la sección “Listados de admitidos y excluidos”.

2. El impreso de subsanación del proceso en el que se participe, junto con la documentación acreditativa que, en su caso, corresponda, se dirigirán a la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Función Pública, debiendo ser presentados en cualquiera de los lugares y formas que se indican a continuación:

a) Telemáticamente, utilizando los formularios disponibles en los enlaces señalados en el apartado anterior y de conformidad con lo allí establecido, anexándose a los mismo, en el momento de su presentación, la documentación justificativa que, en su caso, hubiera de aportarse. La presentación podrá realizarse en el registro electrónico de la Comunidad de Madrid, así como en los restantes registros electrónicos de cualquier Administración Pública, según lo establecido en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Para la presentación por medios electrónicos, es necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación” o cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.

b) De no optar por la presentación telemática, los participantes, una vez que hubieran cumplimentado el impreso por medios electrónicos, deberán imprimir y firmar el documento obtenido, y presentarlo, junto con la documentación que, en su caso, proceda, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página web de la Comunidad de Madrid, según indica el apartado primero, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

De efectuarse la presentación en una oficina de Correos, se hará en sobre abierto, con objeto de que se proceda a su fechado y sellado por el funcionario de dicha Entidad antes de su certificación, debiendo constar como destinatario la Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Función Pública (calle Los Madrazo, número 34, 28014 Madrid).

3. Los aspirantes deberán marcar la causa de exclusión que les resulte aplicable y cumplimentar los datos y/o presentar la documentación acreditativa que resulte necesaria para la subsanación.

4. Aquellos aspirantes que no figuren en la relación de admitidos ni en la de excluidos, del proceso selectivo en el que participen, habrán de marcar la causa identificada con el código “S” del modelo de subsanación, acompañando al mismo, copia de la solicitud de participación en las pruebas selectivas presentada en tiempo y forma, así como el resto de documentación que proceda en los términos indicados en la base tercera de la Orden 1113/2019, de 5 de abril.

5. Los aspirantes que participen en el proceso de promoción interna y que hayan sido excluidos por no poseer o no haber declarado poseer alguna de las titulaciones requeridas en la base 2.1 de la Orden de convocatoria o la experiencia sustitutoria de las mismas de conformidad con lo determinado en la base 2.2, deberán marcar en el apartado “H” del impreso de subsanación si poseen la titulación académica exigida o, en su defecto, la experiencia sustitutoria, indicando, en este último caso, solo una de las alternativas establecidas a tal fin en aquella base (la posesión de diez años de antigüedad en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2, o la posesión de cinco años de antigüedad en dichos Cuerpos o Escalas junto con la superación, en los términos contemplados en la base 2.3 de la referida Orden, del curso específico de formación previsto en la disposición adicional vigésima segunda de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública).

En idénticos términos deberán actuar aquellos aspirantes que, en su caso, hayan de modificar la declaración que sobre el reseñado requisito de participación recogido en las aludidas bases 2.1 y 2.2 hubieran formulado en su solicitud de admisión a las presentes pruebas selectivas, y que puede consultarse en el apartado “Forma de acceso” de las relaciones provisionales de admitidos y excluidos aprobadas y publicadas por esta Resolución.

En el supuesto de indicarse la posesión tanto de la titulación como de la experiencia sustitutoria correspondiente, se entenderá, a todos los efectos, que el aspirante posee la titulación requerida.

En caso de consignarse la posesión tanto de diez años de antigüedad en Cuerpos o Escalas del Subgrupo C2 como de cinco años de antigüedad en dichos Cuerpos o Escalas junto con la superación del mencionado curso específico de formación, se entenderá que el aspirante concurre por la segunda de las alternativas citadas, al resultar la más favorable a efectos de lo dispuesto en apartado 1.3.1 del Anexo II de la Orden de convocatoria.

6. Los aspirantes que hayan solicitado adaptación/es y no figuren en el anexo del proceso selectivo en el que participen, así como aquellos que deban subsanar su solicitud de adaptación, deberán marcar la casilla correspondiente del impreso de subsanación y adjuntar copia del dictamen técnico facultativo emitido por un Centro Base de atención a personas con discapacidad de la Comunidad de Madrid, u órgano técnico competente para la calificación del grado de discapacidad de cualquier otra Administración, o en caso de personas sin discapacidad, copia de certificado médico oficial, documentos, todos ellos, que deberán contener, de manera expresa, los siguientes extremos:

1) Necesidad de la/s adaptación/es solicitada/s.

2) Descripción detallada de los medios materiales y humanos, de las asistencias y apoyos y de las ayudas técnicas y/o tecnologías asistidas que precisen para la realización de las pruebas en las que participen, así como condiciones de accesibilidad que haya de tener el recinto o espacio físico donde estas se desarrollen (uso de atril, traductor de lenguaje de signos, letra de tamaño superior a “x” milímetros, ampliación del tiempo de duración del ejercicio en “x” minutos, etc.).

En el caso de que la adaptación solicitada consista en un tiempo adicional para la realización de alguna de las pruebas, se deberá concretar el tiempo adicional solicitado, el cual deberá ajustarse a lo establecido en la Orden PRE/1822/2006, de 9 de junio, por la que se establecen los criterios generales para la adaptación de tiempos adicionales en los procesos selectivos para el acceso al empleo público de personas con discapacidad.

Sexto

De no realizarse por los interesados la/s subsanación/es correspondiente/s en el plazo y forma establecidos o, si del examen de la documentación que, en su caso, hubieran aportado a tal fin, o de la obtenida de la consulta efectuada de oficio en los supuestos previstos, se deduce que no reúnen los requisitos exigidos, figurarán en la relación definitiva de aspirantes excluidos del proceso en el que participen.

En el caso de aquellos aspirantes que deban aportar la documentación acreditativa de la necesidad de la/s adaptación/es solicitadas, la no presentación de la documentación requerida en el plazo indicado dará lugar a que se les tenga por desistidos de su solicitud de adaptación.

Madrid, a 21 de octubre de 2020.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.























































(03/30.177/20)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.2.104.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20201119-5