Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 18

Fecha del Boletín 
22-01-2020

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20200122-106

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

106
Madrid número 12. Ejecución 188/2019

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Dña. MONTSERRAT TORRENTE MUÑOZ, LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 12 DE MADRID.

HAGO SABER: Que en el procedimiento 188/2019 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de D./Dña. HAKIM AOULAD AHMED y D./Dña. MOHAMED BELHAJ frente a D./Dña. CARLOS RODRÍGUEZ CARMONA sobre Ejecución de títulos judiciales, se ha dictado la siguiente resolución:

“Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. HAKIM AOULAD AHMED y D./Dña. MOHAMED BELHAJ, frente a la demandada D./Dña. CARLOS RODRÍGUEZ CARMONA, parte ejecutada, por un principal de 18.572,04 EUROS, más 1.857 EUROS de intereses calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

MODO DE IMPUGNACIÓN: Mediante recurso de REPOSICIÓN ante este Juzgado dentro de los TRES DÍAS hábiles siguientes al de su notificación, en el que además de alegar las posibles infracciones en que hubiere incurrido la resolución, podrá deducirse oposición en los términos previstos en el art. 239.4 LJS., debiendo el recurrente que no sea trabajador beneficiario del Régimen de la Seguridad social ingresar la cantidad de 25 Euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la Entidad BANCO DE SANTANDER 2510-0000-64-0188-19.

Así, por éste su Auto, lo acuerda, manda y firma, el Ilmo. Sr. Magistrado - Juez

EL MAGISTRADO-JUEZ

D. JESÚS ANDRÉS NEVADO NEVADO”

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. CARLOS RODRÍGUEZ CARMONA, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve.

LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/42.888/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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