Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 170

Fecha del Boletín 
19-07-2019

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190719-160

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE VIOLENCIA SOBRE LA MUJER DE LEGANÉS NÚMERO 1

160
Leganés número 1. Procedimiento 58 de 2018, notificación a Yuriy Oleksyuk

EDICTO

En este Juzgado se siguen autos de procedimiento familia. Divorcio contencioso entre doña Natalia Kucher y don Yuriy Oleksyuk, en cuyos autos se han dictado las siguientes resoluciones:

Sentencia número 8 de 2019

La magistrada-juez, doña Raquel Suárez Santos.—Leganés, a 22 de febrero de 2019.

Fallo

Se estima la demanda presentada a instancias de doña Natalia Kucher contra don Yuriy Oleksyuk, y declaro la disolución por divorcio del matrimonio contraído por los cónyuges litigantes, acordándose las siguientes medidas:

— La patria potestad del hijo menor se atribuye en exclusiva a la madre.

— No se establece régimen de visitas del hijo a favor del padre.

— El uso del domicilio conyugal se atribuye al hijo y, por ello, también a la madre.

— El demandado ha de abonar, en concepto de pensión de alimentos, la cantidad de 150 euros mensuales por el hijo en los cinco primeros días de cada mes, mediante ingreso en la cuenta corriente que la demandante designe, cantidad que se actualizará anualmente conforme al IPC, y el 50 por 100 de sus gastos extraordinarios.

En orden al abono de costas procesales, cada parte deberá abonar las causadas a su instancia, siendo las comunes por mitad.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de veinte días, ante este Juzgado, para su resolución por la ilustrísima Audiencia Provincial de Madrid (artículos 458 y siguientes de la Ley de Enjuiciamiento Civil), previa constitución de un depósito de 50 euros, en la cuenta 4177-0000-35-0058-18 de este órgano.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo “beneficiario” Juzgado de violencia sobre la mujer número 1 de Leganés, y en el campo “observaciones o concepto” se consignarán los siguientes dígitos: 4177-0000-35-0058-18.

Notifíquese la presente sentencia a las partes y firme que sea comuníquese al señor encargado del Registro Civil donde conste el matrimonio de los litigantes y el nacimiento del menor.

Así, por esta mi sentencia, de la que se extenderá certificación en los presentes autos, lo pronuncio, mando y firmo.

Auto

La magistrada-juez que lo dicta, doña Raquel Suárez Santos.—Leganés, a 8 de marzo de 2019.

Parte dispositiva:

Se acuerda rectificar la sentencia número 8 de 2019, dictada en fecha 22 de febrero de 2019, en el presente procedimiento, en los siguientes términos:

En el antecedente de hecho primero, donde dice “demanda de divorcio presentada por la procuradora señora Hurtado Portellano, en la representación de Elisabeth Irahola”, debe decir “demanda presentada por la procuradora doña Gema María Revuelta de Aniceto, en la representación de doña Natalia Kucher”.

En el antecedente de hecho tercero, donde dice “la patria potestad exclusiva de la hija menor”, debe decir “la patria potestad exclusiva del hijo menor”.

Incorpórese esta resolución al libro de resoluciones definitivas a continuación de aquella de la que trate causa y llévese testimonio a los autos principales.

No cabrá recurso alguno contra la presente resolución.

Lo acuerda y firma su señoría. Doy fe.—El/la magistrado/a-juez.—El/la letrado/a de la Administración de Justicia.

Y para que sirva de notificación de sentencia y auto aclaratorio a don Yuriy Oleksyuk, expido y firmo la presente en Leganés, a 2 de abril de 2019.—El letrado de la Administración de Justicia.

(03/24.734/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.165.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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