Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 127

Fecha del Boletín 
30-05-2019

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20190530-32

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Proyecto Urbanización

Aprobación definitiva de la modificación del Proyecto de Urbanización del Área de Planeamiento Específico 08.16-rp “Arroyo del Fresno”, de la Unidad de Ejecución número 1 del Área de Planeamiento Específico 08.16-rp “Arroyo del Fresno” promovida por la Junta de Compensación de dicha Unidad. Distrito de Fuencarral-El Pardo. Expediente: 714/2003/06618.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en su sesión celebrada el día 11 de abril de 2019, adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar definitivamente la modificación del Proyecto de Urbanización de la Unidad de Ejecución número 1 del Área de Planeamiento Específico 08.16-RP “Arroyo del Fresno”, promovido por la Junta de Compensación de dicha Unidad, cuyo presupuesto de ejecución por contrata asciende a la cantidad de 34.446.875,02 euros (IVA incluido), en las condiciones establecidas en el informe técnico de la Dirección General del Espacio Público, Obras e Infraestructuras de 25 de octubre de 2018 y de 6 de marzo de 2019.

Las obras de urbanización pendientes de ejecutar tienen un presupuesto de ejecución por contrata de 1.498.714,20 euros (IVA incluido).

Se incluye, igualmente, una carga económica por importe de 5.999.280,00 euros, a percibir por Ayuntamiento de Madrid, por el coste correspondiente a la acción exterior denominada “Nudo de Ventisquero de la Condesa”, en los términos establecidos en la modificación de Plan Parcial del Suelo Urbanizable Incorporado 0.06 “Arroyo del Fresno”, quedando resultante un Presupuesto pendiente de ejecución de 7.497.994,20 euros.

Segundo.—El plazo para la ejecución de las obras se fija en cuatro meses y el de garantía será de dos años a partir de la fecha de recepción de las obras por el Ayuntamiento de Madrid».

Lo que se comunica para general conocimiento, significándoles que el referido acuerdo pone fin a la vía administrativa, pudiendo interponer contra el mismo recurso potestativo de reposición ante la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 112, 123, y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien, podrá ser impugnado directamente ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, modificada por la Ley 19/2003, de 23 de diciembre, sin perjuicio de que pueda utilizar cualquier otro recurso que estime pertinente.

Madrid a, 30 de abril de 2019.—La secretaria de la Junta de Gobierno, Rita Maestre Fernández.

(02/17.008/19)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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