Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 190

Fecha del Boletín 
10-08-2018

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20180810-47

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE LAS ROZAS DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Las Rozas de Madrid. Régimen económico. Precios públicos locales ensayo y grabación

El Pleno de la Corporación, en sesión celebrada el día 27 de octubre de 2016, adoptó el acuerdo de aprobación del precio público precios públicos respecto a los locales de ensayo y estudio de grabación adscritos a la Concejalía de Juventud y Fiestas:

a) Precios por la utilización de los locales de ensayo equipados:

— Locales 2 y 3: por cada 105 minutos o período inferior, de catorce a treinta años, empadronados, 4 euros; no empadronados, 5 euros. Mayores de treinta años, empadronados, 5 euros; no empadronados, 8 euros.

b) Precios por la utilización de local de ensayo equipado-sala de grabación:

— Local 4: por cada 105 minutos o período inferior, de catorce a treinta años, empadronados, 5 euros; no empadronados, 6 euros. Mayores de treinta años, empadronados, 6 euros; no empadronados, 9 euros.

c) Precios por la utilización de local de ensayo no equipado:

— Local 1: por cada 75 minutos o período inferior, de catorce a treinta años, empadronados, 1 euros; no empadronados, 2 euros. Mayores de treinta años, empadronados, 2 euros; no empadronados, 4 euros.

d) Precios por la utilización de local de ensayo para grabación:

— Local 4: por cada 120 minutos o período inferior, de catorce a treinta años, empadronados, 15 euros; no empadronados, 25 euros. Mayores de treinta años, empadronados, 20 euros; no empadronados, 30 euros.

— Solistas y grupos: por cada 120 minutos o período inferior, de catorce a treinta años, empadronados, 10 euros; no empadronados, 20 euros. Mayores de treinta años, empadronados, 25 euros; no empadronados, 30 euros.

A estos efectos, se considera grupo cuando el número de componentes es de tres o más miembros, hasta un máximo de 6.

Lo que se hace público para general conocimiento, advirtiéndose de que dichos acuerdos ponen fin a la vía administrativa, pudiendo no obstante interponer contra el mismo el recurso de reposición, ante el Pleno del Ayuntamiento, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en la forma y bajo las condiciones prescritas en el artículo 14 del Real Decreto-Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

Contra la resolución del recurso de reposición no puede interponerse de nuevo el mismo recurso, pudiendo entonces los interesados interponer directamente el recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de reparto del Partido Judicial de Madrid. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso, cualquier otro recurso que estimen procedente.

Las Rozas de Madrid, a 27 de julio de 2018.—El alcalde-presidente, PD (decreto de 28 de junio de 2018), el concejal-delegado de Hacienda, Recursos Humanos y Transportes, José Luis Álvarez de Francisco.

(03/26.372/18)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20L: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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