Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 270

Fecha del Boletín 
13-11-2017

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171113-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE MADRID NÚMERO 47

94
Madrid número 47. Procedimiento 1.073 de 2015, notificación a Obras y Montajes Peñarroya, S. A.

EDICTO

Don Arsenio Castillo Gallego, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia número 47, en sustitución.

Da fe: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 1.073 de 2015, instados por la procuradora doña María Fuencisla Martínez Mínguez, en nombre y representación de “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, contra “Obras y Montajes Peñarroya, Sociedad Anónima”, en los que se ha dictado en fecha 9 de junio de 2016 sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Que, estimando íntegramente la demanda interpuesta por la procuradora doña María Fuencisla Martínez Mínguez, en representación de la mercantil “Grenke Rent, Sociedad Anónima”, contra la empresa “Obras y Montajes Peñarroya, Sociedad Anónima”, debo declarar y declaro extinguido y resuelto el contrato número 121-1029 por incumplimiento de obligaciones esenciales por parte de la demandada, desde el día siguiente a la fecha del envío del burofax de resolución contractual, condenándola a devolver a la actora el bien objeto de dicho contrato, equipo multifunción MFP color MPC2051AD, con número de serie V9724000183, cuyo fabricante es “Ricoh”, en el domicilio de la actora o de quien esta designe, asumiendo la demandada los gastos y costes de la entrega, así como al pago de la suma de 2.245,47 euros en concepto de rentas totales del contrato, ya deducidos pagos parciales, junto con los intereses calculados sobre el interés legal del “Banco Central Europeo” aplicable en la fecha de la demora en adición de un 5 por 100, que a fecha de la demanda ascendían a 95,74 euros, cantidad a incrementar por cada día natural transcurrido en 0,316 euros hasta la fecha del total e íntegro pago de la deuda, y la suma de 2,106 euros a la fecha de demanda, desde el envío de la comunicación de resolución contractual, y la suma de 40,00 euros en concepto de indemnización por costes de cobro de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, de lucha contra la morosidad en operaciones comerciales. Se imponen a la demandada las costas del procedimiento.

Esta sentencia no es firme, y contra la misma cabe recurso de apelación, a interponer por escrito ante este Juzgado en término de veinte días desde el siguiente al de su notificación, para ante la Audiencia Provincial de Madrid.

En atención al desconocimiento del actual domicilio del demandado “Obras y Montajes Peñarroya, Sociedad Anónima”, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, se ha acordado notificar la citada resolución por edicto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El texto completo de la resolución que se notifica está a disposición del interesado en la Secretaría de este Tribunal.

En Madrid, a 14 de septiembre de 2016.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/35.327/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171113-94