Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
07-11-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171107-36

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible

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Madrid. Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible. Plan Parcial 21.02

Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 5 de octubre de 2017, por el que se aprueba inicialmente la delimitación de la Unidad de Ejecución del Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 21.02 “Barrio del Aeropuerto”, la determinación del sistema de ejecución por expropiación y se somete a información pública la relación de titulares de bienes y derechos afectados y el Proyecto de Expropiación por tasación conjunta de dicha Área de Planeamiento Remitido. Expediente: 711/2017/20167.

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, en sesión celebrada el 5 de octubre de 2017, y en el expediente administrativo 711/2017/20167, ha adoptado el siguiente acuerdo:

Primero.—Aprobar inicialmente la delimitación de la Unidad de Ejecución del ámbito discontinuo del Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 21.02 “Barrio del Aeropuerto”, Distrito de Barajas, así como la determinación del sistema de ejecución por expropiación, de conformidad con lo previsto en los artículos 99, 100 y 101 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, y el artículo 199 del Reglamento de Gestión Urbanística aprobado por Real Decreto 3288/1978, de 25 de agosto.

Segundo.—Someter a información pública, por un plazo de veinte días, la delimitación y la relación de titulares, bienes y derechos afectados por la expropiación de la Unidad de Ejecución del Plan Parcial de Reforma Interior del Área de Planeamiento Remitido 21.02 “Barrio del Aeropuerto”, para que puedan presentar en el referido plazo las alegaciones que estimen oportunas, de conformidad con lo previsto en los artículos 100.2 y 117 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, artículos 18 y 19 de la Ley de Expropiación Forzosa de 16 de diciembre de 1954, artículos 17 y 18 del Reglamento de la Ley de Expropiación Forzosa aprobado por Decreto de 26 de abril de 1957 y el artículo 199.3 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Tercero.—Someter a información pública, por el plazo de un mes, el Proyecto de Expropiación por tasación conjunta de los bienes y derechos del APR 21.02 “Barrio del Aeropuerto”, Distrito de Barajas, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 201 y siguientes del Reglamento de Gestión Urbanística.

Cuarto.—Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como en un diario de los de mayor circulación de la provincia, practicándose a su vez la notificación individualizada a los titularse de bienes y derechos afectados de conformidad con el artículo 202 del Reglamento de Gestión Urbanística.

Lo que se publica para general conocimiento, con objeto de que cuantas personas se consideren interesadas puedan examinar el Proyecto de Expropiación durante los plazos referidos, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, a través de la página web del Ayuntamiento de Madrid (https://www.madrid.es), así como en los Servicios de Información Urbanística del Área de Gobierno de Desarrollo Urbano Sostenible, calle Ribera del Sena, número 21, en horario de atención al público. Durante dicho plazo, los interesados podrán formular cuantas alegaciones estimen oportunas, mediante escrito que podrá presentarse en cualquier registro de este Ayuntamiento, así como en el resto de lugares a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de la Administraciones Públicas.

Madrid, a 23 de octubre de 2017.—La jefa del Servicio de Gestión de Suelo Público, Francisca Martín Canales.



(01/35.078/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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