Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 256

Fecha del Boletín 
27-10-2017

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20171027-96

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 4

96
Madrid número 4. Ejecución 121 de 2017, notificación a Breadlicious, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA HERRERO BARRERO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 04 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 121/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. MARCO ANTONIO ANDRADE SIMON frente a FOGASA y BREADLICIOUS S.L. sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

AUTO de 29/09/17, cuya parte dispositiva es la siguiente:

SE ACUERDA SUBSANAR el Auto de fecha 31/07/17, en su Parte Dispositiva, teniendo por no puesta la expresión “corresponden a indemnización más 1.318,20 euros a salarios de tramitación)”; sin que afecte al resto de su contenido.

Publíquese esta resolución en el BOCM.

Así, por este su Auto, lo acuerda, manda y firma, la Ilma. Sra. Magistrada - Juez

Dña. MARÍA LUISA SANZ ANCHUELA

DECRETO de 3/10/17, cuya parte dispositiva es la siguiente:

A los efectos de las presentes actuaciones; y para el pago de 1.379,17 euros (981,06 euros de cantidad objeto de la demanda, más 98,11 euros en concepto de 10% de mora, más 300 euros en concepto de honorarios del letrado fijados en la mismas) y 206,87 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación. se declara la INSOLVENCIA PROVISIONAL total del ejecutado BREADLICIOUS S.L., sin perjuicio de que pudieran encontrársele nuevos bienes que permitieran hacer efectiva la deuda aún pendiente de pago.

Publíquese la presente resolución en el BOCM y una vez firme hágase constar la insolvencia en el Registro Mercantil.

Asimismo, hágase entrega a la parte ejecutante de los testimonios necesarios y copia sellada de demanda a fin de iniciar el correspondiente expediente ante el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, remitiéndolos por correo certificado al domicilio del letrado de los actores designado a tales efectos.

Una vez firme la presente resolución, archívense las presentes actuaciones.

MODO DE IMPUGNACION: Contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión, en el plazo de TRES DIAS desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social, ingresar la cantidad de 25 Euros, dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en la entidad BANCO DE SANTANDER IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274 número 2502-0000-64-0121-17.

Así lo acuerdo y firmo. Doy fe.

El/ LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

D./Dña. MARÍA HERRERO BARRERO

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a BREADLICIOUS S.L., en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid, a tres de octubre de dos mil diecisiete.

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/32.962/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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