Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 199

Fecha del Boletín 
22-08-2017

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170822-9

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MADRID

RÉGIMEN ECONÓMICO

Área de Gobierno de Cultura y Deportes

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Madrid. Régimen económico. Área de Gobierno de Cultura y Deportes. Extracto convocatoria subvenciones

BDNS (Identif.): 359293

Extracto del Decreto de 7 de agosto de 2017, de la titular del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, por el que se aprueba la convocatoria pública en régimen de concurrencia competitiva, destinada a galerías de arte y centros expositivos para los años 2017-2018, aprobando las correspondientes bases.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.—Profesionales o personas jurídicas que cumplan los siguientes requisitos:

— Ser empresario, tanto persona jurídica como autónomo que tenga como actividad y objeto social, único o entre otros, la de intermediación en el mercado del Arte.

— Tener, en el momento de solicitar la ayuda, residencia fiscal y ubicación física en la ciudad de Madrid.

— Haber realizado una labor continuada al frente de la galería en los dos años inmediatamente anteriores a la publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” de esta convocatoria.

Segundo. Objeto.—Apoyo a las galerías de arte y centros expositivos madrileños a través de la financiación de actividades que permitan incrementar su presencia en el panorama artístico de la ciudad, el conocimiento y promoción de los artistas representados, la aproximación con otros profesionales del sector y el acercamiento a un mayor número de personas interesadas en el mundo del arte. Se pretende fomentar la creación, la difusión de las artes visuales contemporáneas como forma de generar oportunidades nuevas, ganar cuota de mercado y establecer contactos artísticos a todos los niveles.

Tercero. Bases reguladoras.—Ordenanza de Bases Reguladoras Generales para la concesión de Subvenciones por el Ayuntamiento de Madrid y sus Organismos Públicos de 30 de octubre de 2013, modificada por acuerdo de 31 de mayo de 2017, publicada en www.madrid.es

Cuarto. Cuantía.—La cuantía de la convocatoria asciende a 160.000,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo para la presentación de las solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID hasta el 10 de septiembre de 2017.

Sexto. Otros datos.—La presente convocatoria ampara las subvenciones que puedan ser obtenidas por las entidades beneficiarias en función de la actividad desarrollada desde el 15 de enero de 2017 hasta el 31 de octubre de 2018. Tendrán consideración de gastos subvencionables los generados directamente por proyectos e iniciativas que tengan lugar durante el período subvencionable, específicas para el fomento de las artes visuales contemporáneas, que revista cualquier modalidad y forma de presentación y ejecución: Realización de cursos, encuentros, conferencias, publicaciones, asistencia a ferias de arte, programas de residencia etcétera.

Séptimo. Publicación.—Se publicará un extracto de la presente convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, publicándose el texto íntegro de la misma en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y en la sede electrónica del Ayuntamiento de Madrid (https://sede.madrid.es).

Madrid, a 9 de agosto de 2017.—La secretaria general técnica del Área de Gobierno de Cultura y Deportes, por suplencia, Decreto de la Alcaldesa de 29 de junio de 2017, la directora general de Bibliotecas Archivos y Museos, María Belén Llera Cermeño.

(03/27.713/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.10: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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