Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2017

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170725-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VILLAREJO DE SALVANÉS

URBANISMO

53
Villarejo de Salvanés. Urbanismo. Proyecto delimitación

Aprobado definitivamente la sustitución del Sistema de Compensación por el Sistema de Ejecución Pública de cooperación para el desarrollo de las Unidades de Ejecución 16, 17, 18, 24, 25, 36, 52, 54, así como la desestimación de las alegaciones presentadas al respecto; y la aprobación definitiva del Proyecto de Delimitación de la Unidad de Ejecución número 56 de Villarejo de Salvanés, por acuerdo de los Plenos ordinarios de 28 de abril de 2017, de 2 de junio de 2017 y de 30 de junio de 2017, se da orden de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y de notificar el presente acuerdo a los propietarios afectados por la modificación, así como a los que hayan comparecido como interesados en el expediente, con expresión de los recursos que contra el mismo sean admisibles.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente o recurso de reposición potestativo, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, ante el alcalde de este Ayuntamiento de Villarejo de Salvanés, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo, ante el Juzgado Contencioso-Administrativo de Madrid, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optara por interponer el recurso de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente a su derecho.

En Villarejo de Salvanés, a 6 de julio de 2017.—El alcalde, Marco Antonio Ayuso Sánchez.

(03/24.427/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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