Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 175

Fecha del Boletín 
25-07-2017

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170725-157

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 41

157
Madrid número 41. Ejecución 61 de 2017, notificación a El Duende de la Cerveza Restauración, S. L.

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

D./Dña. MARÍA JOSE GONZÁLEZ HUERGO LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DEL Juzgado de lo Social nº 41 de Madrid, HAGO SABER:

Que en el procedimiento 61/2017 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. SANDRA MABEL LEDEZMA SÁNCHEZ frente a FONDO DE GARANTIA SALARIAL (FOGASA) y EL DUENDE DE LA CERVEZA RESTAURACION SL sobre Ejecución de títulos judiciales se ha dictado la siguiente resolución :

Despachar orden general de ejecución de sentencia a favor de la parte ejecutante, D./Dña. SANDRA MABEL LEDEZMA SÁNCHEZ , frente a la demandada EL DUENDE DE LA CERVEZA RESTAURACION SL, parte ejecutada, por un principal de 8.045,45 euros (3.736,43 euros de indemnización y 4.309,02 euros de salarios) y 804,54 euros y 804,54 euros de intereses y costas calculados provisionalmente, sin perjuicio de su posterior liquidación.

Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a EL DUENDE DE LA CERVEZA RESTAURACION SL , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto ,salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.

En Madrid , a veintisiete de junio de dos mil diecisiete .

EL/LA LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA

(03/23.334/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.40: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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