Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 174

Fecha del Boletín 
24-07-2017

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170724-94

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE COLLADO VILLALBA NÚMERO 3

94
Collado Villalba número 3. Procedimiento 760 de 2016, notificación a Israel García Martínez

EDICTO

Doña María Isabel Durán Baños, letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de primera instancia e instrucción número 3 de Collado Villalba.

Hago saber: Que en este Juzgado se siguen autos de procedimiento ordinario número 760 de 2016, entre doña Milagros Ancochea Soto y don Diego Sánchez Castilla, contra don Israel García Martínez, en cuyos autos se ha dictado sentencia número 82 de 2017 en fecha 26 de junio de 2017, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

Fallo

Estimo íntegramente la demanda interpuesta por el procurador don Esteban Muñoz Nieto, en nombre y representación de don Diego Sánchez Castilla y doña Milagros Ancochea Soto, contra don Israel García Martínez, condenando al demandado al pago a la demandante de 28.000 euros más el interés legal desde la interposición de la demanda, con condena en costas al demandado.

Notifíquese la presente sentencia a las partes en legal forma, advirtiéndoles que contra la misma cabe interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Madrid, que deberán preparar ante este Juzgado en el plazo de veinte días desde el siguiente a su notificación.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.—El magistrado-juez.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la parte demandada don Israel García Martínez, en ignorado paradero, se expide el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Collado Villalba, a 26 de junio de 2017.—El letrado de la Administración de Justicia (firmado).

(02/24.162/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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