Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 165

Fecha del Boletín 
13-07-2017

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20170713-66

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

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Madrid. Sección Vigésima Primera. Procedimiento 195 de 2016, notificación a posibles herederos de Pablo López Pretzschner y otros

Sección Vigésima Primera

EDICTO

TRIBUNAL QUE LO DICTA:

SECCIÓN Nº 21 DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Recurso de Apelación 195/2016

PARTE DEMANDANTE: D./Dña. EMILIANA NIETO FERNANDEZ

PARTE DEMANDADA: D./Dña. ANA MARIA CONCEPCION LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. CARLOS MANUEL LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. ALBERTO LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. JOSE MARIA LOPEZ GONZALEZ, D./Dña. RAUL LOPEZ PARDO, D./Dña. MARIA PALOMA LOPEZ GONZALEZ, D./Dña. ANGEL LUIS LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. ROBERTO LOPEZ PARDO, D./Dña. RUBEN LOPEZ PARDO, D./Dña. ESTHER LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. NAZARET LOPEZ PARDO, D./Dña. GISBERTO LOPEZ PARDO y D./Dña. OSCAR LOPEZ PARDO.

SOBRE: Derechos reales

En virtud de lo acordado en el Recurso de Apelación de referencia, que se tramita en este Tribunal, interpuesto por D./Dña. EMILIANA NIETO FERNANDEZ, frente a D./Dña. ANA MARIA CONCEPCION LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. CARLOS MANUEL LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. ALBERTO LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. JOSE MARIA LOPEZ GONZALEZ, D./Dña. RAUL LOPEZ PARDO, D./Dña. MARIA PALOMA LOPEZ GONZALEZ, D./Dña. ANGEL LUIS LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. ROBERTO LOPEZ PARDO, D./Dña. RUBEN LOPEZ PARDO, D./Dña. ESTHER LOPEZ BARRAGAN, D./Dña. NAZARET LOPEZ PARDO, D./Dña. GISBERTO LOPEZ PARDO y D./Dña. OSCAR LOPEZ PARDO, sobre Derechos reales, por no ser conocido el domicilio/estar en ignorado paradero la parte apelada POSIBLES HEREDEROS DE D. PABLO, D. GISBERTO, D. JOSÉ Y D. FEDERICO LÓPEZ PRETZSCHNER por resolución de 21 de junio de 2017, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 497.2 de la LEC, se ha acordado la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma de Madrid, así como en el Tablón de anuncios de esta Sección, para llevar a efecto la notificación de la parte dispositiva de la Sentencia que es del tenor literal siguiente:

III.- F A L L A M O S

Que, desestimando el recurso de apelación interpuesto por doña Emilia Nieto Fernández, debemos confirmar y confirmamos la sentencia dictada el día 31 de julio de 2013, por el Magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia número 38 de Madrid en el juicio ordinario 975/2007, del que la presente apelación dimana y cuya parte dispositiva se transcribe en el primer antecedente de hecho de la presente y se da aquí por reproducida.

Se imponen las costas ocasionadas en esta segunda instancia a la parte apelante.

Contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación en el caso de que la resolución de ese recurso presente interés casacional, lo que sucederá si, esta sentencia, se opone a la doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo o resuelve puntos o cuestiones sobre los que existe jurisprudencia contradictoria de las Audiencias Provinciales o aplica normas que no lleven más de cinco años en vigor, siempre que, en este último caso, no existiese doctrina jurisprudencial del Tribunal Supremo; De ser así, también podrá interponerse recurso extraordinario por infracción procesal, siempre que se haga en el mismo escrito de interposición del recurso de casación y no por separado; De este recurso de casación y, en su caso, además del extraordinario por infracción procesal, conocerá la Sala de lo Civil del Tribunal Supremo y deberá interponerse presentando un escrito, ante esta Sección Vigesimoprimera de la Audiencia Provincial de Madrid, dentro del plazo de veinte días, contados desde el siguiente a la notificación de esta sentencia.

De no presentarse, en el plazo de veinte días, escrito de interposición del recurso de casación, por alguna de las partes litigantes, la presente sentencia deviene firme y se devolverán los autos originales, con certificación de esta sentencia, al Juzgado de Primera Instancia número 38 de Madrid, para su ejecución y cumplimiento.

Así por esta nuestra sentencia, de la que se unirá certificación literal al Rollo de Sala, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que conste y sirva de edicto de notificación a los POSIBLES HEREDEROS DE D. PABLO, D. GISBERTO, D. JOSÉ Y D. FEDERICO LÓPEZ PRETZSCHNER, que se encuentran incomparecidos y de conformidad con lo establecido en el Artículo 497.2 de la L.E.C., para lo cual publíquese en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.

En Madrid, a 21 de junio de 2017

EL LETRADO/A DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA DE LA SECCION

(03/21.969/17)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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